Multado con 200 euros por circular a la velocidad adecuada pero no respetar la norma del 1,5 de la DGT: la Guardia Civil castiga por la norma del BOE
Te retirarán 6 puntos del carnet de conducir (antes de la reforma de la Ley eran 4 puntos).

Controles de la Guardia Civil en la zona de Siero / Ángel González / LNE
Ahora que llega el verano y los descansos, cada vez es más habitual ver a ciclistas por las carreteras secundarias españolas aprovechando los días soleados y el buen tiempo para hacer rutas por carretera, ya sea en solitario o acompañado por otros compañeros.
Los ciclistas en carretera deben circular por el arcén derecho (siempre que sea transitable y seguro), lo más pegado posible al borde de la vía. Si no hay arcén o no es seguro, deben ocupar la parte imprescindible del carril derecho. Pero también los conductores de los coches deben saber cómo actuar en caso de encontrar un grupo de ciclistas, dado que un error puede suponer una importante sanción económica, además de poner en riesgo a los usuarios de las bicicletas.
Los expertos de RACE explican cómo se tiene que hacer el adelantamiento en carretera. Al igual que sucede cuando circulas junto a otros coches, motos, camiones o autobuses, cuando hay un ciclista o un pelotón de ciclistas debes conservar una distancia mínima de seguridad tanto si vas a adelantar como si te quedas detrás de ellos.
A la hora de adelantar a los ciclistas en carretera, primero debes avisar de tu intención accionando el intermitente. Cuando veas que se puede hacer la maniobra sin peligro, debes respetar la distancia mínima de 1,5 metros. Una vez que los adelantas, respetando los límites de velocidad, debes volver a accionar el intermitente. No avisar a los demás usuarios de tu intención con una señal óptica supone una multa de hasta 200 euros y de 80 euros si no lo haces con la suficiente antelación. Además, te retirarán 6 puntos del carnet de conducir (antes de la reforma de la Ley eran 4 puntos). Si esto te sucede, por ser Socio del RACE tienes una protección del carnet.
"Si circulas por una carretera con línea continua y tienes delante a unos ciclistas, la Ley de Seguridad Vial permite adelantarlos siempre que respetes la distancia mínima de 1,5 metros. Para ello, debes ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario de la calzada", explican desde RACE. Ten en cuenta que esta maniobra está prohibida si pones en peligro o entorpeces la marcha de los ciclistas, tanto de los que van por tu carril como los que circulan en sentido contrario. Si la vía tiene más de un carril por sentido estás obligado a cambiar completamente de carril para adelantar a un ciclista, según indica el artículo 35.4 de la Ley de Tráfico.
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