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Multado con 200 euros por circular a 115 kilómetros por hora en una autovía de 120 pero no fijarse en la polémica señal S-991f: la Guardia civil extrema la vigilancia

Los conductores protestan ya que no es fácil calcular a ojo

Trafico intenso en la Autovía del Cantábrico a la altura de Villaviciosa.

Trafico intenso en la Autovía del Cantábrico a la altura de Villaviciosa. / Fernando Rodríguez / LNE

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Solo quedan unos días para la llegada del mes de julio y el inicio de la primera gran operación salida del verano, en la que la Dirección General de Tráfico (DGT) estima que se produzcan cerca de 5 millones de desplazamientos por carretera, una cifra similar a la de 2025.

Por ello, hay que extremar la vigilancia a la hora de viajar en coche, debido a la alta afluencia de vehículos. Y también respetar la señales. Y no solo hablamos de la velocidad, sino de otras igual de importantes que miden otras incidencias en carretera. Una de ellas, y poco conocida por muchos conductores es la señal S-991F.

Según se describe en el Reglamento General de Circulación, esta señal indica la existencia de un dispositivo de control de separación mínima entre vehículos en un punto o tramo de una autopista o autovía. Dicho de otra forma, es una señal que advierte de la presencia de un radar que controla si se cumple una distancia mínima entre los vehículos que circulan por una carretera de alta velocidad.

La polémica viene precisamente porque los conductores consideran que no es sencillo calcular a cuánta distancia van con respecto al vehículo que les precede, pudiendo incumplir involuntariamente los metros indicados en el cartel. Por defecto, la señal s991f indica que son 70 metros como mínimo los que hay que dejar de margen, aunque puede venir acompañada de subcarteles superiores o inferiores con información adicional, explican los expertos de RACE. El artículo 54 del Reglamento General Circulación explica que "todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre que le permita detenerse, en caso de frenado brusco, sin colisionar con él, teniendo en cuenta especialmente la velocidad y las condiciones de adherencia y frenado".

En caso de no respetar esta norma, se considera una infracción grave. Por tanto, implica una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir. Además, si se añade el criterio de que puede haber conducción temeraria, la multa es de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.

Pero, ¿cómo saber si respeta bien esta distancia de seguridad? Desde RACE nos aclaran que la distancia de seguridad va a variar en función de la velocidad, el estado de la carretera, la eficacia del sistema de frenado, la reacción del conductor y la masa del vehículo. En cualquiera de estos casos, la Dirección General de Tráfico aconseja seguir la regla de los dos segundos: cuando el vehículo que circula delante de ti pasa por un punto, por ejemplo, una referencia de un punto kilométrico o una farola, debes contar “mil ciento uno, mil ciento dos”

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