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El BOE confirma la inesperada multa que van a recibir los conductores y que asciende de 600 a 6.000 euros por lo ocurrido con los radares de velocidad: la Guardia civil extrema la vigilancia en el interior del coche

La sanción no se limita al conductor, y que alcanza (y de forma ejemplar) al taller que lo instaló en el vehículo

Dispositivo de la Guardia Civil

Dispositivo de la Guardia Civil / OPC / Europa Press

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La modificación del Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables en la vía clarifica el uso de detectores o inhibidores de radares, así como los cascos de audio o auriculares. El Consejo de Ministros aprobó este martes el cambio en la normativa.

Según el texto, publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad.

Asimismo, se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque quedan excluidos de esta prohibición "los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico".

Por otro lado, con la entrada en vigor de la queda prohibido conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio, auriculares o instrumentos similares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, excepto durante la enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.

El reglamento también prohíbe la utilización de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, salvo dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, "exclusivamente con fines de intercomunicación o navegación, y siempre que no afecten a la seguridad de la conducción".

Tal y como explican los expertos de RACE, el uso de inhibidores de radar es el que más duramente está castigado por la ley, al ser merecedor de una multa de 6.000 euros y la retirada de seis puntos del carnet de conducir.

Ahora bien, ¿cómo funcionan los inhibidores y por qué se castigan con na sanción tan elevada? El motivo es que no solo se limitan a detectar la presencia de estos cinemómetros (tanto de ondas como láser), sino que además interfieren en su funcionamiento, emitiendo una señal que impide la detección del vehículo que circula a una velocidad excesiva.

Es importante recordar, además, que la sanción no se limita al conductor, y que alcanza (y de forma ejemplar) al taller que lo instaló en el vehículo, para el que la nueva normativa reserva una multa de hasta 30.000 euros.

La sanción por llevar un detector de radares en el coche pasó, a partir de 2022, de merecer 200 euros de multa a recibir una multa de 500 euros y la retirada de tres puntos del carnet.

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