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Multas de 200 euros por el calzado en otoño e invierno: la DGT cambia la norma con prohibiciones que se aplican a partir del 1 de octubre de 2026

" Son medidas pioneras que nos convierten en un país referente en seguridad vial", explican desde el Gobierno

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico en un dispositivo enmarcado en la campaña especial de control y vigilancia.

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico en un dispositivo enmarcado en la campaña especial de control y vigilancia. / DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA R / Europa Press

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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del ministro del Interior Fernando Grande Marlaska, una modificación del Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables en la vía y que fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal, entre otras medidas.

Así lo ha dado a conocer este martes la ministra portavoz, Elma Saiz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. "Son medidas pioneras que nos convierten en un país referente en seguridad vial", ha afirmado.

Sobre los vehículos de movilidad personal en general, los conocidos patinetes, se exige casco de protección obligatorio para conductores y deberán utilizar un elemento reflectante de noche o cuando haya situaciones de visibilidad escasa. En el caso de personas que realizan su actividad profesional en estos vehículos, el reflectante será obligatorio usarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.

En vías urbanas se incorporan nuevas normas que son específicas para ciclistas. Así, circularán preferentemente por el centro del carril y los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.

Además, en vías de un solo carril, con la velocidad limitada a 30 kilómetros por hora o inferior y previa a la señalización perceptiva, la autoridad municipal podrá permitir circular en dos sentidos, según ha explicado la ministra.

Respecto a las motocicletas, se permite la circulación por el arcén derecho cuando exista una congestión de tráfico sin exceder la velocidad de 30 kilómetros por hora y previa señalización del tramo.

Se establece el uso obligatorio de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y el uso de un calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros.

Asimismo, los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados. Los 'riders' que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracción grave con sanción económica de 200 euros.

"Todas estas medidas tan importantes entrarán en vigor el próximo 1 de octubre de 2026, quedando así un plazo de adaptación que va a ir acompañado de una importante campaña de información por parte del ministerio competente. Son medidas pioneras que nos convierten en un pais referente en seguridad vial", ha explicado la ministra.

Los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas entrarán en vigor 1 de octubre de 2027. Por su parte, el artículo relativo a la obligación de guantes de protección homologados se hará efectivo cuando entre en vigor la orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas. Mientras tanto, se utilizarán guantes de protección de las mismas características de los que se usan en la actualidad.

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