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El BOE confirma que se acabó pasar la ITV para los conductores de 1967 hacia atrás a partir de 2027: adiós a la revisión obligatoria anual tras la norma del BOE

La nueva norma ya está en vigor

El BOE confirma que se acabó pasar la ITV para los conductores de 1967 hacia atrás a partir de 2027: adiós a la revisión obligatoria anual tras la norma del BOE

El BOE confirma que se acabó pasar la ITV para los conductores de 1967 hacia atrás a partir de 2027: adiós a la revisión obligatoria anual tras la norma del BOE

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La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite obligatorio que deben pasar todos los conductores propietarios. Aquellos cuyos coches tengan más de 10 años de antigüedad lo deben hacer cada año. Mientras que aquellos que tengan entre 4 y 10 años, lo harán cada dos años.

Pero existen unos vehículos que están exentos de tener que realizar esa Inspección. Tal y como explican desde la Dirección General de Tráfico (DGT), si tienes un vehículo con más de 30 años de antigüedad, o con un interés o singularidad especial puedes solicitar la condición de vehículo histórico para ayudar a proteger su carácter representativo y simbólico de una determinada época de producción automovilística. "Se considera histórico aquel vehículo que por su antigüedad, interés o singularidad merezca una consideración especial que proteja su carácter representativo. La figura de vehículo histórico ofrece una protección que permite resguardar el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo, a la vez que permite la utilización del vehículo con la debida seguridad técnica y mecánica".

Tras la publicación en el BOE del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que entra en vigor el 1 de octubre, el Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) explica las principales características de las comprobaciones periódicas que se realizan a este tipo de vehículos. Son varias las diferencias existentes entre la ITV de los vehículos históricos y la de cualquier otro automóvil. La primera de estas particularidades está relacionada con la periodicidad de la inspección, aunque el procedimiento de inspección técnica propiamente es el mismo que el que deben realizar el resto de vehículos.

Otra de las diferencias está relacionada con las exenciones reflejadas en la Tarjeta de ITV de los vehículos históricos. En este sentido, podrán estar exentos de las pruebas en frenómetro o placa de holguras, de la existencia de cinturones y de dispositivos de alumbrado si así lo indican las exenciones aprobadas por un laboratorio de vehículos históricos durante la catalogación del vehículo como histórico y su correspondiente anotación en la Tarjeta de ITV.

El MPITV (Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV) permite el uso de neumáticos con una profundidad inferior a 1,6 mm en vehículos históricos. Además, establece que el uso de repuestos no se considerará una modificación, pero si se altera algún dato de la tarjeta de ITV será necesaria una nueva intervención por parte de la autoridad de catalogación. Además, deben tenerse en consideración las novedades, en materia de ITV, incorporadas por el nuevo Real Decreto de Vehículos Históricos. En concreto, sobre la frecuencia de sus ITV, el RD 920/2017, por el que se regula la ITV, se ve modificado como sigue: "En el caso de los vehículos históricos que tengan una antigüedad superior a 60 años desde su fabricación o primera matriculación, así como los ciclomotores clasificados como históricos, con independencia de su antigüedad, quedan exentos de pasar ITV, sin perjuicio de que los titulares puedan someterlos a ITV voluntarias".

Por ello, en 2027, aquellos vehículos matriculados de 1967 hacia atrás ni tendránque pasar la ITV.

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