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Dique Torres alega que el delito de fraude en El Musel sólo afecta a funcionarios

El artículo del Código Penal por el que han imputado a los directivos de la UTE no era aplicable a particulares cuando se ejecutó la ampliación, dice su defensa

Acopio de materiales por la UTE Dique Torres durante las obras de ampliación de El Musel. MARCOS LEÓN

La defensa de la UTE Dique Torres y de 17 de los 19 directivos de las constructoras imputados por las supuestas irregularidades en la obra de ampliación del Puerto gijonés ha alegado que no se puede abrir juicio oral contra sus defendidos por el delito de fraude que se ha investigado en el caso Musel, debido a que el mismo sólo era aplicable a autoridades o funcionarios públicos en el momento en el que se produjeron los hechos. Este argumento forma parte del recurso presentado por la defensa de Dique Torres contra el auto de la magistrada Carmen Lamela que decidió la apertura de juicio oral contra 24 personas. Se les atribuyen los supuestos delitos de fraude y exacciones ilegales, de prevaricación o de prevaricación continuada y a algunos de los acusados, antiguos cargos públicos, ambos delitos.

Los 19 directivos de Dique Torres o de las empresas que integran esta UTE (Dragados, FSP, FCC, Sato y Alvargonzález Contratas) están imputados sólo por el delito de fraude del artículo 436 del Código Penal, que se aplicaría a funcionarios y particulares si se demuestra que se hubieran concertado para la entrega indebida de fondos públicos a lo largo del procedimiento de contratación. El abogado de la UTE, Gonzalo Rodríguez-Mourullo Otero, señala en su recurso en cambio que no se puede castigar por ese delito a los directivos dado que antes de la reforma del Código Penal de diciembre de 2010 (fecha en la que la obra de ampliación ya estaba prácticamente concluida) ese delito no sancionaba a particulares, sino que se dirigía "exclusivamente para autoridades o funcionarios públicos". Además, en el momento en el que sucedieron los hechos ese delito de fraude se castigaba con penas de prisión la mitad de gravosas que actualmente. El abogado reclama que se aplique a sus defendidos la legislación vigente en el momento de los hechos, al serles más favorable.

Ese es sólo uno de los argumentos de la defensa de Dique Torres, que también niega los hechos en base a los que se plantea abrir el juicio oral. Rechaza que haya habido concertación ni con la Autoridad Portuaria ni con HC ni con Tudela Veguín, sino que sus intereses eran "contrapuestos". Defiende que se adjudicó correctamente la obra a Dique Torres porque la suya fue la mejor oferta y también defiende la necesidad de modificar el proyecto (los sobrecostes) por los problemas "sobrevenidos" con las canteras, los "temporales marinos extraordinarios" y para mejorar el proyecto.

La defensa de la UTE también considera que otros hechos que se apuntan en la investigación no son delictivos y en todo caso deberían solventarse en los juzgados de lo contencioso o en el Tribunal de Cuentas: "Si de lo que se trata es de una mala gestión, de negligencia en la administración de fondos públicos o de actuaciones cuestionables desde el punto de vista administrativo" una procedimiento penal no es el adecuado, señala el letrado, ya que "una vez descartada la existencia de concierto defraudatorio, todo lo demás carece de relevancia".

Otro de los imputados, Maximino Gorostiza, de Alvargonzález Contratas, también ha recurrido la decisión de la jueza. Su abogado, Ángel Bernal, señala entre otras cuestiones que Alvargonzález Contratas jugó un papel menor en la UTE y que no intervino en la preparación de la oferta que presentó la UTE, por lo que a Gorostiza no se le puede atribuir haber participado en "un supuesto apaño". Bernal también defiende que la tesis de ese supuesto apaño es contradictorio con que el Ministerio de Fomento forzó al Puerto a asumir los sobrecostes, como plantea la acusación.

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