El Juzgado de lo Contencioso número 5 ha desestimado la demanda presentada por Juan Antonio Domínguez Piris, arquitecto municipal de Cangas del Narcea, contra el Ayuntamiento por haberle apartado de su cargo con un expediente sancionador.

Domínguez Piris fue sancionado por el equipo de gobierno municipal tras comprobar que durante años emitió dictámenes sobre proyectos presentados por un socio con el que compartía una empresa. El Ayuntamiento le abrió un expediente sancionador y fue suspendido de empleo por un período de 18 meses al considerarse que se trataba de una falta disciplinaria grave.

El arquitecto municipal acudió a la Justicia para demandar al Ayuntamiento en tanto entendía que se estaba atacando su buen nombre y que se cometía una injusticia con él después de 32 años de servicio municipal.

La sentencia, que se hizo pública ayer, estima que la actuación municipal fue correcta.

El argumento en el que el Ayuntamiento basó su sanción proviene de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, que establece que un trabajador municipal ha de abstenerse de informar en caso de "tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con estos para el asesoramiento, la representación o el mandato". La sentencia aclara: "En el caso presente se dan las circunstancias integradoras del tipo sancionador. Los elementos fácticos están suficientemente probados en el expediente administrativo."

El alcalde de Cangas del Narcea, José Luis Fontaniella, ha querido dejar claro que este caso tiene ramificaciones políticas porque "el ex alcalde y portavoz de IU, el señor Martínez (José Manuel) fue al juzgado como testigo del arquitecto municipal a decir que él era conocedor de la situación, pero que no había actuado porque conocía la ilegalidad, ya que se lo había dicho el también ex alcalde, el señor Jose Manuel Cuervo".

En opinión de Fontaniella, esto "no obedece sino a una clara dejación de sus funciones, pudiendo ser cómplice de la infracción, permitiendo que siguiese imperando el todo vale, o la ley de la selva".

El Alcalde cangués se mostró satisfecho con el fallo y valoró: "cierto es que hacer cumplir la ley no lleva a ganarse amigos, sino más bien lo contrario cuando existen otros intereses que no son los públicos, pero los ciudadanos merecen políticos en los que puedan confiar y políticos que actúen por el interés publico y general, y no en el particular".

De la misma forma, negó que existieses la más mínima persecución personal contra Domínguez Piris: "Nunca se ha tratado a este funcionario de distinta forma que al resto, respetando en todo momento sus derechos. Se aplicará siempre la ley para garantizar los servicios públicos".