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El Sespa pierde un juicio por cubrir una plaza sin "amparo legal" en Jarrio

El hospital cambió la oferta a una auxiliar de enfermería al aumentar la duración de la baja

Una auxiliar de enfermería del hospital de Jarrio ha ganado un contencioso al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) por la forma, amparada "en una inexistente mejora de empleo", en la que se cubrió una vacante temporal en enero de 2017. La demandante alegó que el procedimiento usado "carece de amparo legal alguno y contraviene el pacto de contrataciones de personal temporal del Sespa" y la justicia le ha dado la razón.

El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Oviedo ha reconocido el derecho de la demandante, que recurrió a través del Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE), a cubrir la plaza que se le ofertó inicialmente y que finalmente ocupó otra compañera y ha condenado al Sespa a reconocerle el salario, puntos y antigüedad correspondiente a dicha plaza. Además, el Sespa carga con las costas.

Los hechos se remontan a enero de 2017 cuando la demandante estaba en la tercera posición de la bolsa temporal. Surgieron tres vacantes que se ofertaron por orden de puntuación y a la demandante le tocó cubrir una ausencia en cirugía. Sin embargo "sorpresivamente, horas después de haber elegido todas las aspirantes su puesto de trabajo, recibe una llamada en la que se indica que la sustitución que se le había ofertado y ya había aceptado se había convertido en una Incapacidad Temporal de cierta duración y que la misma debía ser ofertada a la segunda candidata por considerarla una mejora de empleo". Precisa la sentencia que habiendo aceptado el nombramiento "las necesidades de cobertura posterior de esa ausencia deben ser cubiertas por ella y que en modo alguno el supuesto error, si es que se trata de un error, puede ser enmendado de la manera que se hizo por parte de la oficina de personal y menos aún enmascarándolo con una oferta por mejora de empleo".

El Sespa defendió sin éxito que actuó en base a un acuerdo del Área Sanitaria I según el cual si una vez hecha la oferta surgen otras de duración superior se debe llamar de nuevo a todos los demandantes de ese día dándoles opción de optar al nuevo nombramiento.

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