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Sentencia pionera en Asturias: los ayuntamientos sí pueden decidir sobre los desarrollos eólicos

El Ayuntamiento de Vegadeo gana un juicio en el TSJA: "Se desmuestra que las administraciones locales tienen voz porque tutelan un territorio"

El abogado Calixto Escariz y el alcalde de Vegadeo, César Álvarez.

El abogado Calixto Escariz y el alcalde de Vegadeo, César Álvarez. / R. A. S.

Ana M. Serrano

Ana M. Serrano

Vegadeo

Los ayuntamientos sí pueden decidir sobre los planeamientos eólicos y no están obligados a tramitar siempre un expediente aunque las zonas afectadas no sean de exclusión para el desarrollo de energía eólica. Es lo dice una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia d Asturias (TSJA) que da la razón al Ayuntamiento de Vegadeo después de dos años de batalla judicial e impide la tramitación de un desarrollo industrial de estas características en La Espina.

 El abogado del Consistorio, Calixto Escariz, detalló ayer cuál es la importancia de este dictamen judicial que, según su criterio, sienta precedente en Asturias «porque permite a los ayuntamientos tener más autonomía municipal». En esencia, pueden decir sí o no a un planteamiento eólico si justifican que su desarrollo afecta al patrimonio del concejo o a la calidad de vida del vecindario. Según el letrado, las empresas promotoras hacen una interpretación «sesgada» o interesada de una norma que obliga a los ayuntamientos a tramitar la solicitud en caso de no estar el proyecto en terreno de exclusión, como ocurriría en un Parque Natural. 

«Hasta la fecha, si no se pronunciaba otro organismo con competencia directa, como Patrimonio, por ejemplo, se entendía que los ayuntamientos tenían que tramitar el expediente que propone la promotora», detalla. Lo que hizo el Ayuntamiento de Vegadeo fue justificar su oposición al trámite y, en su caso, al futuro proyecto. «No se trata de algo caprichoso o arbitrario, de decir que no porque no, se trata de justificar cómo afecta al territorio y que el Ayuntamiento tiene una tutela sobre el municipio», añade el abogado. 

Con estas premisas, «que aisladas no tendrían peso, pero sí lo tienen de forma conjunta», el TSJA da la razón al Ayuntamiento de Vegadeo y lo exime de la obligación de tramitar este expediente, el proyecto PE-246 La Espina de La empresa La Espina Energy S. L. «EL TSJA dice que sí pueden decir sí o no a los planes especiales», resume el letrado, quien asegura que a partir de ahora la administración local sí tendrá voz en estos procesos. 

En Vegadeo la lucha contra la instalación «desproporcionada», según el gobierno municipal y la plataforma Oscos-Eo, de eólicos es muy activa. El gobierno de este concejo fue uno de los primeros en cuestionar este desarrollo que, a juicio de los socialistas (en el poder desde que empezaron a presentarse en el registro propuestas de parque eólicos), no son positivos para el territorio. 

El alcalde, César Álvarez, «Mourelle», asegura que con este final judicial se gana en «tranquilidad». «Ahora tenemos más capacidad desde los ayuntamiento y, por ello, creo que es necesario dar a conocer esta sentencia», apunta Álvarez. Por parte del Consistorio veigueño «lo que queremos es defender el territorio», justifica. «Sabemos que se necesita energía, pero creo que debemos replantear el modelo porque no podemos afectar tanto al territorio», opina. Álvarez asegura que el desarrollo industrial vinculado a la energía eólica obligaría, incluso, a cuestionarse a los vecinos su residencia en algunos lugares. «Somos un ayuntamiento pequeño, con pocos recursos y estamos muy orgullosos de que la justicia nos dé la zona porque solo queremos defender lo que heredamos, algo que creo que estamos obligados a hacer», señala. 

Fue la empresa promotora la que judicializó el caso al negarse el Ayuntamiento de Vegadeo a tramitar el expediente. Tras la negativa de la administración local, la firma eólica decidió acudir a la Justicia porque, según el letrado que defendió al Ayuntamiento de Vegadeo, un planificación general eólica permite la instalación de torres a través de planes especiales. 

Según la interpretación de las empresas eólicas, son los organismos superiores, en caso de tener impacto en algunos de los ámbitos (paisajístico, económico, social, etcétera), los que informan de forma decisiva para rechazar o no la tramitación. 

Los datos del Ayuntamiento de Vegadeo cuestionaron desde el principio la viabilidad de este desarrollo porque, entre otros motivos, en caso de construirse habría torres a entre a entre 580 y 830 metros de viviendas de La Espina, Nafarea y La Barranca. 

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