El TSJA da la razón al Ayuntamiento de Valdés: la oposición se queda sin poder acceder de forma indiscriminada a la documentación del registro municipal
El fallo desestima el recurso interpuesto por la portavoz popular y declara “conforme a derecho” la resolución municipal que le denegaba el acceso a la información que entró y salió del Ayuntamiento los primeros días de enero

Plaza Alfonso X el Sabio de Luarca, con el ayuntamiento al fondo. / Ana M. Serrano
El Ayuntamiento de Valdés no tendrá que poner a disposición de los grupos municipales de la oposición toda la información que pasa por el registro municipal. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) da la razón al consistorio valdesano en el recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia del 15 de julio de 2025 del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo Nº 1 de Oviedo, en la que estimaba que el Ayuntamiento había vulnerado el derecho de la portavoz del PP, María Bueno, de participar en los asuntos públicos al no permitirle acceder a los registros de entrada y salida de documentos entre el 1 de enero y el 12 de febrero del presente año, como había solicitado. Una situación que la edil popular llevó a los juzgados con una primera sentencia a favor que ahora tumba el TSJA.
En la sentencia del TSJA se analiza que la solicitud que consta en el expediente administrativo municipal es “genérica e indiscriminada”. Se apunta que se solicitó “un bloque de documentación, nada más y nada menos, que todas las entradas y salidas del registro municipal en un periodo de tiempo, sin que en la solicitud se justifique en qué medida toda esa documentación es precisa para la labor desempeñada por la concejala”.
En el fallo, el TSJA revoca la sentencia del juzgado Contencioso-Administrativo y desestima el recurso interpuesto por María Bueno. Además, declara “conforme a derecho” la resolución de la Alcaldía de Valdés del 19 de febrero del presente año.
“La sentencia es demoledora y aplasta el discurso de la señora Bueno”, valora el alcalde, Óscar Pérez, que lamenta que la edil haya operado “abiertamente contra el criterio de los Servicios Jurídicos Municipales que en sus múltiples informes le decían por activa y por pasiva que su deseo no encajaba en la Ley de Protección de Datos”.
Pérez recuerda que María Bueno puede disponer de “todos los papeles relativos al Equipo de Gobierno, pero bajo ninguna circunstancia se le tiene que dar acceso indiscriminado al registro municipal, porque alberga asuntos personales de los vecinos que la administración debe custodiar con celo”.
Además, el regidor insiste en que “la oposición tiene toda la documentación que solicita a su disposición para ejercer el pertinente control democrático. Y ahora ya no lo digo yo, lo dice el Tribunal Superior de Justicia de Asturias”.
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