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Un ejemplo de mala praxis

Cúmulo de despropósitos acerca del previsto cementerio nuclear español

Finalizando el año 2011 el Consejo de Ministros eligió, entre trece municipios propuestos, la localidad de Villar de Cañas (Cuenca) como lugar más apropiado para emplazar un Almacén Temporal Centralizado (ATC) -vulgarmente conocido como "cementerio nuclear"-, el primero en España. Recordar que un ATC es una instalación, generalmente de superficie, destinada a gestionar y almacenar de una forma segura, temporal y reversible los restos radiactivos de alta actividad provenientes de reacciones atómicas, permitiendo gestionar en un único lugar todo el combustible gastado en los establecimientos industriales, con una vida útil media del orden de medio siglo. La otra opción disponible -aunque descartada por el momento, podría haber sido la más recomendable pues supone un blindaje infranqueable para los desechos radiactivos- es la subterránea, conocida como Almacenamiento Geológico Profundo (AGP), considerada apta para preservar remanentes durante miles de años.

Hasta ahora los residuos españoles, una vez fuera del reactor, se almacenan en la piscina de la propia central, o bien se envían a plantas específicas de Francia o del Reino Unido, con el consiguiente gasto de divisas.

Un depósito de esta naturaleza presenta la ventaja de minimizar el número de instalaciones operativas (el actual parque español consta de nueve reactores), lo que significa optimizar los recursos, tanto humanos como económicos, destinados a la seguridad física y radiológica del combustible gastado. Así, un solo almacén es capaz de albergar todos los sobrantes que se generan en el país.

La construcción de un ATC exige realizar estudios rigurosos, pues se requieren para su implantación áreas con características geológicas muy estables -especialmente asísmicas- que permitan asegurar la estanqueidad de la estructura, es decir, evitar por todos los medios cualquier tipo de escape o fuga radiactiva que ponga en peligro la vida del entorno.

El pasado 27 de julio, el Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) -el mayor órgano regulador de la seguridad de la energía atómica en España, compuesto por consejeros propuestos por los partidos políticos- aprobó, por mayoría, conceder la autorización previa de las obras de construcción del cementerio conquense. Ello suscitó una cierta polémica porque faltaban por desarrollar algunos informes geológicos, sobre todo, acerca de la hidrogeología y geotecnia de este ámbito, requeridos a Enresa (Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S. A.), responsable de la gestión nuclear en nuestro país y encargada de la construcción del silo. Por otro lado, los geólogos del CSN, al alimón con empresas de ingeniería encargadas de supervisar el proyecto, habían alertado de las deficiencias del subsuelo elegido para la construcción del citado montaje, ya que ésta se ubica en terrenos del Mioceno, destacando en su composición yesos solubles (susceptibles, por tanto, de crear oquedales kársticas, manifestadas hoy en superficie por dolinas) y arcillas de carácter expansivo (capaces de hinchar con la humedad), por lo que representan de facto serias dificultades geotécnicas para la cimentación y para asegurar la estabilidad de las edificaciones previstas que, aunque técnicamente son subsanables, supondrán un notable aumento económico en el coste final de la obra.

No parece de recibo que condicionantes exclusivamente políticos sean responsables de decisiones de tan profundo calado, pasando por el arco del triunfo los criterios de acreditados profesionales del ramo (con el apoyo incondicional del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos de España), lo que constituye un claro ejemplo de mala praxis al tomarse importantes acuerdos sobre seguridad nuclear, que deberían ser de carácter netamente técnico dado el potencial peligro que suscitan, con evidentes visos de superficialidad, por no calificar de palmaria negligencia.

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