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Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, acreditado como catedrático

Estudiantes extranjeros paganos

El coste de la enseñanza universitaria española para los alumnos de fuera del Espacio Europeo

La reducción del número de estudiantes universitarios de grado en los centros públicos ha sido continuada en los últimos años y este fenómeno resulta especialmente acusado en Asturias: desde el curso 2003-2004 al curso 2013-2014 la disminución ha sido del 34,7%, la más alta de España, según datos del Ministerio de Educación. A ello han contribuido, entre otros factores, una menor demografía, que los nuevos grados tengan menos cursos, la irrupción de las universidades privadas,? Por ello, hace falta un debate social más intenso sobre esta situación y, también, sobre qué parte del coste de la enseñanza superior debe ser sufragada con fondos públicos. Pero ambas cuestiones salen con cierta frecuencia en los medios de comunicación; por este motivo, aquí nos referiremos a algo que pasa bastante más desapercibido pero que podría incidir en ese panorama: el coste de la enseñanza universitaria española para los estudiantes extranjeros que no proceden del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES); en particular el de los títulos de máster.

Y es que se supone que cuando las autoridades académicas y políticas apelan a la "excelencia internacional" de nuestras universidades, tal cosa incluye la pretensión de atraer el talento que hay en otros países y no, primordialmente, la de captar estudiantes con grandes disponibilidades económicas, que es probable prefieran emplearlas en universidades norteamericanas, británicas, alemanas o francesas, más reconocidas internacionalmente, en general, que las españolas.

Pues bien, de acuerdo con el artículo 81.3 de la Ley Orgánica de Universidades, se permite, aunque no se impone, que los gobiernos autonómicos y las respectivas universidades decidan si los estudiantes iberoamericanos, africanos, asiáticos?, que vienen a cursar un grado o un máster a las universidades españolas, deben pagar lo que se estima es el 100% de los costes de la respectiva titulación, salvo que exista un convenio que abarate dicho importe.

Y los diferentes gobiernos autonómicos y las propias universidades no han tenido muchos reparos en hacer uso de esa habilitación legal: así, por ejemplo, el Decreto 41/2015, de 10 de junio, de la Consejería de Presidencia del Principado de Asturias por el que se fijan los precios públicos en la Universidad de Oviedo durante el curso 2015-2016, a propuesta de los vicerrectorados de Estudiantes y de Internacionalización y Postgrado, acuerda que el importe de los créditos en los estudios de máster será el correspondiente a: a) La cuarta matrícula para los másteres que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas... b) La tercera matrícula, para los másteres no comprendidos en el apartado anterior. En otras palabras, que el estudiante extranjero no comunitario recibe el mismo tratamiento que el nacional que se matricula por cuarta o tercera vez, respectivamente.

Por citar un ejemplo próximo: una persona española o del EEES que se haya matriculado por vez primera este año en el máster en protección jurídica de las personas y los grupos vulnerables, que tengo el honor de codirigir con el profesor Ángel Espiniella, ha tenido que pagar 1.839 euros (30,65 euros/crédito x 60 créditos). Pero si se tratara de una persona brasileña, argentina, marroquí, china?, que provenga de una universidad con la que la de Oviedo no tiene convenio, debe pagar 4.809 euros (80,15 euros/crédito x 60 créditos); es decir, casi tres veces más. Eso en las titulaciones más baratas; en una más cara el importe de un curso superaría los 8.000 euros. Por cierto, no deja de ser significativo que el citado Decreto del Principado de Asturias aluda a la "falta de implantación en la Universidad de Oviedo de un sistema de contabilidad analítica que permita conocer de forma pormenorizada el coste de cada titulación". Si no sabemos cuánto cuesta cada título, ¿cómo fijamos el importe del precio público?

Y lo que ocurre en Asturias no es muy diferente a lo que sucede en Cataluña, Madrid, Andalucía?, comunidades con gobiernos de diferente color político pero similar orientación recaudatoria.

Habrá quien piense que si esas personas quieren estudiar aquí deben pagar el importe íntegro de su plaza. Pero, obviando que las universidades españolas no suelen saber lo que cuesta cada plaza y que no depende de los estudiantes extranjeros que su universidad tenga un convenio con las nuestras, resulta que hemos hablado solo de la matrícula; además, tendrán que sufragar el viaje, alojamiento en España, manutención, material de estudio?, desembolsos en conjunto de miles de euros que redundan en beneficio de nuestra economía, impuestos indirectos incluidos, pero que la inmensa mayoría de estudiantes iberoamericanos, africanos, asiáticos no pueden asumir porque no tienen recursos propios ni hay becas suficientes.

No creo que se esté haciendo una política malvada pero sí, como diría Carlo Cipolla, estúpida: se está causando un perjuicio a personas que podrían beneficiarse de nuestro sistema universitario si los precios fueran más razonables y nos estamos causando un perjuicio a nosotros mismos privándonos de su talento, creatividad y experiencia, a lo que cabe añadir lo enriquecedor que es trabajar en un entorno plurinacional, sin olvidar que seríamos algo mejores en términos de equidad y cooperación internacional. Por si fuera poco, están quedando plazas vacantes en el cupo reservado a dichos estudiantes, con lo que los costes fijos de las titulaciones, que no dependen del número de matriculados y que son la mayoría, no se compensan. Finalmente, los estudiantes que acuden a través de un convenio de movilidad no son tenidos en cuenta a efectos del número mínimo que se exige para impartir el máster, con lo que puede ocurrir que dicha titulación o alguna de sus asignaturas no lleguen a impartirse.

En las próximas semanas, se aprobarán los precios públicos de las universidades para el curso 2016-2017; ¿es mucho pedir que se tengan en cuenta criterios distintos a los meramente recaudatorios?

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