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Cordura e ideología en el impuesto de sucesiones

Los efectos de la reforma del tributo y lo que queda por hacer

Al fin, con el pretexto de corregir el "error de salto" y, al tiempo, aprobar -con órdago del PP por medio- los Presupuestos Generales del Principado para 2017, la cordura comienza a imponerse en la regulación del impuesto de sucesiones en nuestra comunidad asturiana, lo que se ha producido mediante la reducción de la base imponible (por razón de parentesco) en la cantidad de 200.000 euros para los cónyuges y familiares en línea directa (ascendientes y descendientes) con el causante, con lo que el Gobierno regional empieza a prestar atención a las 100.000 firmas que se han reunido contra el impuesto.

Aún queda mucho por hacer, desde seguir reduciendo la presión fiscal del tributo para herencias de superior cuantía hasta las tesis maximalistas de los que no se conforman con menos de la supresión del impuesto. A mi juicio, lo mejor suele ser con frecuencia enemigo de lo bueno. Y queda también mucho, muchísimo, por hacer para reducir la excesiva desigualdad que sufren los parientes colaterales más próximos (hermanos y sobrinos), excluidos prácticamente de toda clase de bonificaciones (además de las derivadas específicamente del parentesco) y recargadas sus cuotas tributarias hasta extremos confiscatorios, tratamiento que vulnera seriamente a mi juicio los principios de igualdad, capacidad económica y no confiscatoriedad que deben informar la ley del impuesto según establece la Constitución y la Ley General Tributaria.

Esta modificación de la normativa regional ha provocado un vuelco en la clasificación nacional de la presión fiscal del impuesto en los distintos territorios, al menos por lo que se refiere a las porciones hereditarias de hasta 200.000 euros. En este segmento (en un supuesto hereditario en línea directa con reducción única sobre la base por razón de parentesco) hemos abandonado con la reciente modificación los vergonzantes puestos de mayor presión fiscal para pasar a los felices de cuota cero. Y la anunciada ampliación futura hasta 300.000 euros de la citada reducción por parentesco permitirá, obviamente, alcanzar también la cuota cero en herencias de tal cuantía, lo que, por otra parte, puede conseguirse ya ahora si al supuesto contemplado le sumamos la reducción por vivienda habitual, si fuera el caso.

Finalizo volviendo al titular. Se ha conseguido incorporar al sistema una dosis de cordura y justicia; nos falta complementarla con otra de sentido común: la dependencia de una ideología política no puede nublar la mente, seamos prácticos, combatamos el serio problema de la fuga de capitales con soluciones sensatas y eficaces, no con demagogia y exaltaciones de trasnochado asturianismo.

Y una advertencia última: el ahorro obtenido por los herederos se refiere únicamente al impuesto de sucesiones, pero conviene no olvidar que con frecuencia habrá que pagar también la plusvalía municipal y el impuesto de actos jurídicos documentados, que nadie ha modificado todavía.

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