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Profesor de Derecho Constitucional. Acreditado como catedrático

El derecho a hacerse oír

La investigación por posible "delito de odio" contra los transexuales que ha decidido abrir la Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid

El Fiscal Superior de la Comunidad de Madrid, Jesús Caballero, ha decidido abrir diligencias para investigar la posible comisión de un "delito de odio" por parte de la organización Hazte Oír por haber fletado un autobús en cuyos laterales se puede leer "Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo". Como medida cautelar ha solicitado judicialmente que se prohiba la circulación de ese vehículo mientras "no se retiren los mensajes discriminatorios que exhibe". En el mismo sentido, desde el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, la Generalitat de Cataluña y la Delegación del Gobierno de Madrid han instado a la Fiscalía a actuar por la posible comisión de un "delito de odio" contra los transexuales.

El supuesto delito cometido sería el descrito en el artículo 510 del Código Penal, conforme al cual "Serán castigados con una pena de prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses: a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad".

¿Encaja el mensaje del ya famoso autobús en este precepto y estarían, por tanto, justificadas medidas cautelares como la inmovilización del vehículo? A mi juicio, no. De la lectura de esas frases no resulta ineludible concluir que la organización promotora fomente el odio, la hostilidad, la discriminación ni, mucho menos, la violencia contra nadie.

Por supuesto, no se trata de un mensaje inocuo y puede haber muchas personas o colectivos que, con fundamento, se sientan ofendidos o, cuando menos, molestos con su contenido, pero, primero, no hay que olvidar que estamos en un Estado democrático que proclama que la libertad y el pluralismo son dos de los valores superiores del ordenamiento; segundo, que la libertad de expresión ha sido configurada como uno de los fundamentos de la sociedad y una de las condiciones para el progreso y el desarrollo colectivos y, tercero, que la libertad de expresión ampara, como han reiterado el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no solo las ideas y opiniones mayoritarias o socialmente aceptadas sino también "aquellas que chocan, inquietan u ofenden al Estado o a una fracción cualquiera de la población". En otras palabras, en un Estado democrático tienen "derecho a hacerse oír" quienes, como la organización Hazte Oír, sostienen mensajes, ideas o convicciones carentes de fundamento científico o, por referirnos al presente caso, que son, directamente, retrógradas, repulsivas y merecedoras del rechazo social.

Pero que los de Hazte Oír tengan, efectivamente, derecho a hacerse oír no implica que deban recibir ayuda o financiación pública alguna que contribuya a la divulgación de sus proclamas, pues una cosa es que la expresión de esas ideas no pueda prohibirse ni, mucho menos, criminalizarse y otra que los poderes públicos incumplan el mandato contenido en el artículo 9.2 de la Constitución que les conmina a remover los obstáculos de todo tipo que impiden la igualdad real y efectiva de las personas y los grupos en los que se integran.

También cabe que, de la misma manera que se pueden establecer límites a la difusión de contenidos televisivos en ciertas franjas horarias, se puedan imponer restricciones a la expresión de estos mensajes en las proximidades de los colegios.

Y es, precisamente, aunque no en exclusiva, en el ámbito educativo donde deben ser combatidos y desmontados los prejuicios que defiende Hazte Oír, de forma que esos niños y niñas a los que parecen dirigir sus mensajes, incluidos los hijos e hijas de quienes integran esa organización, reciban de verdad, como prescribe la Constitución (artículo 27.2), una educación que tenga como objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

En suma, la campaña de Hazte Oír nos puede parecer -a mí me lo parece- una muestra del precio que Robert Jackson, juez del Tribunal Supremo de Estados Unidos, dijo que había que pagar por disfrutar de la libertad de expresión: aguantar una gran cantidad de basura. Pero, y por citar otra frase famosa, en este caso de Oliver Wendel Holmes, también juez de ese tribunal, hay que estar siempre vigilantes para poner freno a quienes pretendan controlar la manifestación de ideas y opiniones que detestemos, salvo que supongan una amenaza tan directa para los legítimos objetivos del Derecho que sea necesario controlarlas inmediatamente para así salvar a la Nación. No parece que Hazte Oír y sus campañas supongan hoy un peligro de esa índole.

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