La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Clarificaciones sobre el ingeniero total

La desatinada denominación de unos estudios que genera desconcierto y falsas expectativas

La evolución y el progreso en la economía obligan a que las grandes instalaciones industriales (incluyendo la minería, naval, aeronáutica, etc.), las infraestructuras como carreteras, puentes, instalaciones portuarias o edificios residenciales en arquitectura, dispongan ante todo de unas garantías de calidad, sostenibilidad y protección que deben estar acreditadas por personal competente, como son los ingenieros y los arquitectos. Y así lo recoge la legislación, definiendo claramente las profesiones reguladas.

Las titulaciones se han enmarañado y complicado con el plan Bolonia. Siguen existiendo las profesiones de ingeniero y de ingeniero técnico/perito.

A la profesión de ingeniero industrial se puede acceder con los títulos de ingeniero industrial (anterior a Bolonia) y de Máster en Ingeniería industrial. A la profesión de ingeniero técnico industrial, con los títulos de perito, ingeniero técnico industrial y grados en ingeniería con atribuciones profesionales.

En el caso del grado en Ingeniería de Organización, es muy importante clarificar el concepto, de cara a la sociedad, y a las familias y estudiantes que deben elegir estudios y profesión en el futuro. El desconcierto y el daño que se está haciendo, seguramente por la ignorancia en este tema, es considerable.

Es diferente encargar un trabajo concreto en un área específica que contratar ingenieros con atribuciones legales.

Hay que entender qué títulos llevan aparejada una profesión y unas atribuciones determinadas establecidas por ley. En este sentido conviene recordar que en la ingeniería existen solo dos clases de profesiones oficiales:

- Las profesiones reguladas de las nueve ramas de la ingeniería: aeronáutico, agrónomo, caminos canales y puertos, industriales, industriales del ICAI, minas, montes, navales y telecomunicaciones. Estas profesiones se corresponden actualmente al título de máster, al que se accede desde algunos títulos de grado, en condiciones específicas en los planes de estudio.

- Y las once de ingeniero técnico según especialidad dentro de su rama de actividad.

Solamente dichos titulados pueden firmar proyectos, direcciones de obra y documentación oficial de supervisión y control de obras. Cada uno de ellos está habilitado para ejercer según el correspondiente título universitario, asociado a atribuciones profesionales. Estos son los titulados que representan la plenitud de competencias en el orden profesional para el ejercicio de la actividad y la técnica correspondiente, tanto en la esfera privada como en los cuerpos de la Administración, de acuerdo con la legislación establecida en cada caso. Son los técnicos con título, profesión y atribuciones oficiales.

Estos profesionales deben pertenecer obligatoriamente a una corporación de derecho público, los Colegios Profesionales (como ocurre con otras titulaciones, medicina, derecho, etc.) garantes de la protección de sus actuaciones frente a terceros, disponibilidad de seguro de responsabilidad civil y del desarrollo continuo de competencias profesionales.

El resto de titulados, fuera de estas dos categorías, son de profesión libre (no regulada) y pueden actuar en función de cómo se valoren las competencias adquiridas en los estudios realizados. Hay que tener en cuenta que en la actualidad existen más de 1.400 máster y 800 grados relacionados con la ingeniería y la arquitectura.

Algunos de ellos en el campo de la Organización Industrial, en escuelas de negocios como IESE, ESADE, EOI, etc., pero en ningún caso se llaman ingenieros y menos totales.

En medio de esta compleja maraña de títulos, más allá de las dos categorías profesionales descritas, aparece ahora la denominación de "ingeniero total" referida al Grado de Ingeniería de Organización.

Es pues obvio que es un grado sin atribuciones y no se corresponde con profesión regulada, el cual tendrá su encaje en las entidades que quieran encauzar sus funciones de organización a través de estos profesionales, pero que no habilita en absoluto para ejercer la profesión ni de ingeniero, ni de ingeniero técnico.

Por tanto, entendemos que la denominación "ingeniero total" es un desatino que daña el sentido común, puesto que no permite oficialmente realizar ninguna actividad de ingeniería. Es lícito pedir el grado, sin duda, pero no lanzar infundados argumentos conceptuales que crean desconcierto y falsas expectativas en la sociedad. Ateniéndonos al espíritu legal y regulado de las ingenierías, es evidente que no dispone de las atribuciones de la profesión de ingeniero, ni es total. ¿Alguien conoce a un médico total o a un abogado total?

Es necesario reivindicar el carácter polivalente e interdisciplinar, de base generalista, de los ingenieros industriales, lo que les capacita para abordar los avances tecnológicos que requiere el progreso hacia la cuarta Revolución Industrial, digital y 4.0. Por ello desde los colegios profesionales de ingenieros, impulsamos la preparación en las tecnologías necesarias, como son las de transformación digital, legislativas, de comunicación, gestión de recursos humanos, etc., favoreciendo la práctica de las nuevas tecnologías de los habilitadores actuales, figura comandada precisamente en muchos casos por ingenieros industriales.

Enrique Macián escribe este artículo en nombre del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Asturias y de la Asociación de Ingenieros Industriales

Compartir el artículo

stats