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Manuel Nosti Menéndez

Pensiones y sucedáneos

Contradicciones e injusticias en el sistema de jubilaciones

Hace más de ocho años, se publicaba en este medio una viñeta titulada «hablemos de pensiones y no de pájaros y flores». En aquella época, ya se veía necesaria una reforma integral del sistema, incluida la financiación. Tan necesario era ese cambio, que lo que suponía una Secretaría de Estado se transforma en este último gobierno en un Ministerio del que, periódicamente, a través de su gabinete de comunicación, se inunda de «vamos a hacer» y «estamos haciendo», aunque hasta la fecha el contenido de la reforma no han sido sino retoques parciales de temas que ya estaban regulados, tales como la simplificación de bases de cotización, de años de cotización para el acceso a la jubilación, las bases de cálculo, etc.

Asimismo, se han retocado vacíos o lagunas en la cotización y lo más importante, se ha creado el salario mínimo vital, por cierto: sin contraprestaciones a los posibles perceptores y con una descoordinación con las instituciones y administraciones locales, así como las ONG que otorgan prestaciones (alquileres, libros, luz, agua, comida, etc.), dando lugar a una sensación social de agravios con trabajadores de bajos salarios, que no alcanzan estas prestaciones, máxime si tenemos en cuenta que en los últimos años se produjo una contención salarial y muchos convenios colectivos llevan años sin ser actualizados.

Tampoco resulta fácil conciliar la vida laboral con las obligaciones sociales y familiares. La incorporación de la mujer al trabajo se ve, en ocasiones, frenada por la falta de suficientes dispositivos para el cuidado de los hijos, recayendo esta obligación en los abuelos, que en ocasiones suplen las deficiencias con su atención y con su pensión.

Pero centrándonos en la reforma, vemos que no aborda asuntos como la viudedad, quizá por temor a la contestación social o por otras causas desconocidas. En su creación, esta prestación estaba prevista para mujeres que, durante muchos años, atendían a los hijos, la casa, la huerta y hasta el ganado familiar y que, con una edad avanzada, estaban viudas, sin más ingresos que la pensión.

Hoy en día, las circunstancias son otras y puede acceder a la pensión la mujer y el hombre, pero no se tienen en cuenta factores de edad, situación laboral, formación o hijos, otorgándole pensiones vitalicias a personas con formación, trabajando y sin hijos a cargo.

Respecto a la pensión reina, la jubilación, poco se ha avanzado en la presente reforma y escasamente convergen sus normas con los países de nuestro entorno. Concluidas las reconversiones de la minería, naval y otros ajustes que dieron lugar a compensaciones de interés social, la mayoría de los trabajadores, debido a los modelos de contratación, por la inestabilidad y temporalidad del empleo, por la deslocalización de la producción y por la situación económica y otros factores, ven difícil alcanzar los máximos en su cotización, encontrándonos con pensiones bajas de cotización principalmente en trabajadores autónomos, del campo y otros sectores, bien por no cotizar el tiempo suficiente o por haber cotizado por bases bajas o haber invertido en otros bienes que les puedan ser más rentables.

Significar que para salarios mileuristas, con los recibos de renta, luz, agua, internet, gasolina, seguros, material escolar, matrículas, tasas y un largo etcétera, no es posible alcanzar el estado del bienestar que se cacarea en esta sociedad, ni por supuesto tener un plan de pensiones complementario.

No sería justo terminar estas apreciaciones sin hablar de los trabajadores que cotizan y tributan en los topes máximos y que, en España, no son pocos, entre los que se incluyen los padres de la patria y otros. Muchos trabajadores ven cómo al final de su vida laboral, cumpliendo los requisitos de edad y años de cotización, alcanzan una base reguladora de 3.300 en 14 pagas y se las prometen felices, pues creen que al ser un sistema contributivo y tener derecho al 100% de esa base que han pagado, van a recibir lo suyo. Pues no, están equivocados porque, a pesar de haber contribuido en mayor medida, van a recibir en menor medida. Y me explico: en España, al margen de los derechos que otorga la Seguridad Social, existe la Ley General Presupuestaria y, a pesar de cotizar por más de 4.000 euros al mes, limita las pensiones a 2.700, es decir, que de un “tayu soberanu” te fulmina 500 euros al mes para toda la vida restante. Eso sí, los llamados padres de la patria no necesitan cotizar tantos años y, por ejemplo, en Cataluña los ex presidentes de la Generalitat tienen reconocidos 7.500 euros al mes, amén de otras prestaciones. No es de extrañar que haya tiros y puñaladas para formar parte de esta élite. Es decir: el sistema es de reparto, pero no con lo de todos.

Otros trabajadores públicos –clases pasivas–, con 35 años cotizados, 15 en la Administración y 60 de edad, pueden alcanzar el 100% con una bonificación del 5% por año de demora en la jubilación.

Se anuncia por el Ministerio que hay una propuesta a formalizar para premiar por demora en la jubilación con dos opciones: una con un 4% por año de demora, que ya existe desde hace muchos años y, otra, hasta 12.000 euros por año de demora. Es curioso que para percibir lo que te quitarán en un año (7.000 euros), más el IRPF, no te den nada y digo bien: nada, pues ya se habría devengado y tendrás que trabajar cinco años más. Este porcentaje se aplica no solamente sobre la base reguladora, sino sobre la pensión máxima.

Como vemos, el sistema es perverso, tiene tintes de reparto comunitario, pues la subida de pensión pone énfasis en las más bajas y se va produciendo con los años un aplastamiento de la estructura en pos de la pensión igualitaria. El jubilado en topes máximos no alcanza su base nunca.

De esta forma, para obtener la pensión se siguen los mismos pasos y requisitos, pero el tratamiento es distinto y no es de extrañar que algunas empresas y trabajadores en esta situación, coticen en los márgenes, con prestaciones complementarias (seguros de vida, coche, dietas, etc.), para suplir esta deficiencia.

Se castiga por menos años de cotización, pero no se mejora a quien ha cotizado más de cuarenta años y no digamos a los que llegan a más de cincuenta.

Por último, señalar la situación de los trabajadores con minusvalía. En unos casos han ido a expedientes de incapacidad permanente antes de jubilarse y, obtenida esta, perciben la pensión íntegra, es decir, sin impuestos. Están exentos.

En otros, y a pesar de tener reconocida una minusvalía del 65% o más, solo cuentan con una bonificación en renta de 7.500 euros al año mientras estén activos. Eso sí, pueden jubilarse anticipadamente con un coeficiente reductor del 0,25 por año.

Los que no se acojan a la jubilación anticipada, demoren más de cinco años su jubilación, coticen más de cincuenta en el tope y tengan una discapacidad del 65% o más, no tienen bonificación alguna de IRPF y, por ello, cabe preguntarse: ¿Quo vadis, Escrivá?

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