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José Luis Hevia

La lamentable comedia sobre inflación e impuestos

Deflactar reduce recaudación, no tributos

Ante la alarmante inflación que padecemos, nuestros diferentes Gobiernos se han embarcado en una guerra de impuestos: unos, los que se niegan a deflactar, están subiendo impuestos, y mucho, sin reconocerlo; y otros, los que dicen bajarlos, están confundiendo al personal, pues "deflactar" no es bajar impuestos, es reducir recaudación indebida derivada de la inflación de ejercicios anteriores, o contener recaudaciones futuras derivadas de la inflación del último ejercicio. "De-flación" es lo contrario de "in-flación" y, por tanto, deflactar es anular los efectos negativos de la inflación, solo eso: en el tema que nos ocupa, deflactar es contrarrestar los efectos perniciosos de la inflación sobre el sistema tributario. Lo que se deflactan son las cifras concretas recogidas en las leyes y lo importante es saber en qué porcentaje se deflactan esas cifras: si el porcentaje es igual al crecimiento total del IPC desde la aprobación de la ley, es decir, el producido durante todo el periodo inflacionista, se estarán reponiendo los términos en los que se aprobó esa ley, sin alteración, por tanto, de la presión fiscal, ni subida ni bajada de impuestos, y, si el coeficiente que se aplique en la deflactación es inferior al crecimiento del IPC, se estará corrigiendo solo parte de la recaudación irregular y se estará consolidando el incremento de impuestos derivado de la parte de inflación no corregida. Solo cuando el coeficiente que se utilice para deflactar fuese superior al porcentaje de crecimiento de la inflación podríamos hablar de una bajada de impuestos, pero entonces ya no sería aplicable el término "deflactar".

Deflactar impuestos es poner palos en las ruedas del negocio que ha encontrado la Administración Pública para incrementar la recaudación de manera soterrada y continua, negocio que se está gestionando con avidez mercantil; hubo un tiempo en que las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado se ocupaban de actualizar la normativa fiscal en función de la evolución del Índice de Precios al Consumo; eso es lo sensato, lo razonable, lo absolutamente necesario para no desvirtuar el espíritu de la ley y para que la recaudación de impuestos no crezca indefinidamente sin control. Hoy hablan de bajarlos, pero no reconocen que llevamos muchos, muchos años, subiéndolos continua y silenciosamente, sin pasar por el Parlamento, como obliga la ley. El profesor Álvarez García lo ha dejado perfectamente recogido en su reciente artículo en LA NUEVA ESPAÑA en cuanto respecta al pasado año 2021 y a los meses transcurridos del actual.

La Constitución proclama el principio de capacidad económica en el sistema tributario y la Ley General Tributaria lo desarrolla, estableciendo además que solamente mediante Ley se puede ordenar la determinación del hecho imponible, de la base del impuesto, del tipo de gravamen, de las exenciones, reducciones y demás bonificaciones tributarias. Pero congelar en tiempos inflacionistas las tablas progresivas de bases imponibles y tipos impositivos y la cuantía de las variadas reducciones señaladas de manera concreta en la ley, como se ha venido haciendo en España en los últimos veinte años (es decir, no deflactar), atenta de hecho contra el principio de capacidad económica y contra la obligatoriedad de regular los tributos exclusivamente mediante una ley aprobada en Cortes.

Un ejemplo simple lo dejará muy claro: en un momento determinado, en el que se estima que un ciudadano necesita unos ingresos X para subsistir, se aprueba en Cortes una Ley que establece un mínimo, igual a esos ingresos, que quedará exento de tributación por el IRPF. Pasados los años, los ingresos del ciudadano se han incrementado por efecto de la inflación, sin que su nivel de vida haya mejorado, pero la cantidad exenta se mantiene en el nivel señalado anteriormente: ese ciudadano tendrá ahora que tributar por la diferencia entre sus ingresos actuales y el mínimo exento señalado en su día y congelado hasta hoy. ¿Se está respetando el principio de capacidad económica? ¿Se ha regulado legalmente la obligación de tributar que ahora se le atribuye a ese ciudadano y que antes no tenía? Está claro que ninguna de las dos cosas y eso es lo que está pasando en España; solo deflactar en la misma medida que haya evolucionado el IPC podrá reconducir la situación y mantener vigente la exención pretendida por la ley.

Y este ejemplo simple y básico es extrapolable a cualquier otra reducción concreta que recoja la normativa fiscal o a cualquier cantidad que condicione la base imponible de cualquier impuesto. Si la Administración Pública procede a realizar esa deflactación, no puede por ello atribuirse ningún tanto, simplemente estará actuando sensata y honestamente, y respetando la Ley y la Constitución. Y, si no lo hace, estará subiendo los impuestos, como parece que va a suceder en Asturias, aunque el Presidente del Principado no lo reconozca y aunque se muestre muy generoso en la ayuda a las personas más necesitadas.

Termino con lo cantinela de "no reducir servicios públicos". Los ingresos de la Hacienda Pública no se van a reducir si la deflactación compensa únicamente el elevado crecimiento del IPC del último año, es decir, solo afectaría a una recaudación futura que, obviamente, no está soportando aún ningún servicio público. Si la deflactación fuera más generosa, la recaudación podría reducirse. Pero, ¿de qué servicios públicos están hablando? Quizá de los cuatrocientos euros que da el señor Sánchez a los jóvenes en edad de votar por primera vez, o de las subvenciones de toda índole que se destinan a exóticas asociaciones, o de tantos otros despilfarros en los que no entraremos para no cambiar de tema. I have a dream: ¿Sería posible que, algún día, un Gobierno creara un Ministerio, un Servicio o un Organismo que se ocupe, exclusivamente, de informar con detalle y claridad a los ciudadanos de cuáles son los gastos del Estado, o de la Comunidad? Y digo "exclusivamente y con detalle y claridad" porque pretender que los conozcamos a través de los Presupuestos Generales es como pretender que diseñemos un cohete interplanetario, y conformarnos con el Tribunal de Cuentas sería demasiado ingenuo. Si los conociésemos y entendiésemos –y aceptásemos– como conocemos, entendemos y aceptamos los gastos de nuestra Comunidad de vecinos, no estaríamos ahora discutiendo sobre impuestos. Y ahí dejo la idea para ver si, para pasmo de todos, algún partido político la recoge.

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