Opinión
¿Los ricos pagan pocos impuestos?
El pasado 4 de febrero la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) publicó su trabajo titulado Observatorio sobre el reparto de impuestos y las prestaciones entre los hogares españoles, en el que se recoge el tipo efectivo impositivo de los españoles clasificado por quintiles (cinco partes iguales) y el más alto de ellos a su vez divido en centiles para obtener más información del grupo que percibe la mayor renta. El tipo efectivo impositivo se obtiene dividiendo la cantidad total de impuestos pagados entre la renta bruta disponible.
En el año 2022 al que se refiere el estudio, general se cumple la progresividad de los impuestos, así, por ejemplo, el quintil de menor renta tributó con un tipo efectivo del 27,5 % y el cuarto quintil con el 37,1 %. Lo quizá sorprendente es que en el centil 100, es decir el formado por el 1 % más rico, se produce una caída muy brusca en la tributación hasta el punto de que este 1 % tributa solo con el 24,1 % lo que es incluso claramente inferior al del nivel más bajo de renta.
Esta aparente anomalía de que los más ricos tengan la menor carga tributaria contradice aparentemente el sentido común y quizá el artículo 31 de nuestra Constitución que dice que “Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica…”
En el IRPF, que es el impuesto de mayor capacidad recaudadora, los más ricos pagaron en 2022 injustificadamente menos que el centil y que el decil de rentas inmediatamente inferiores y solo ligeramente más que el cuartil anterior.
Parece conveniente analizar a fondo el fenómeno de la baja imposición de las rentas más altas para ver si están justificadas o no.
Por otro lado, relacionado también con los impuestos, últimamente se ha abierto un debate en la sociedad, incluso dentro del gobierno, sobre si deben cotizar por IRPF los 700 euros de incremento del salario mínimo interprofesional (SMI) de este año, lo que supondría para unos 540.000 contribuyentes solteros y sin hijos pagar 300,03 euros anuales. La justicia social pasa también por la justicia impositiva y ésta por la no aplicación ad hoc según las circunstancias del momento. Por todo ello, al margen del debate político interesado y demagógico no hay ningún argumento para que no se pague la cantidad indicada pues así lo establece la legislación vigente, todo ello a pesar de que en años anteriores incorrectamente se subió el mínimo exento del IRPF para que la subida del SMI no supusiese tributación por el mismo a ningún contribuyente.
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