El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha declarado nula una de las dos licencias otorgadas por el Ayuntamiento de Llanes que posibilitaron la ampliación del hotel Kaype, situado en primera línea de la playa de Barru, la referida a la agrupación de tres fincas. La sentencia es firme. La otra licencia otorgada al Kaype, la de obras, está pendiente de que se resuelva un recurso de apelación, tras haber sido declarada nula el pasado 12 de septiembre por un juzgado ovetense, al haber permitido el Ayuntamiento más edificabilidad de la máxima legal permitida. Asimismo está en marcha un proceso penal, en el que ya han declarado el arquitecto municipal, Ángel Ramí Noguero, y el secretario del Ayuntamiento, Santiago Fernández Molpeceres, ambos imputados como presuntos autores de un delito contra la ordenación del territorio, al avalar con sus informes la ampliación del Kaype y las licencias municipales otorgadas para tal fin.

La contundente sentencia del TSJA que anula la agrupación de fincas supone un nuevo varapalo urbanístico para el equipo municipal de gobierno y amenaza el futuro del complejo hotelero, cuyas obras de ampliación, que implican una inversión de más de 5 millones de euros y que están casi concluidas, paralizó cautelarmente el juez el pasado mes de octubre. La licencia para agrupar las tres fincas, ahora declarada nula, fue otorgada el 23 de diciembre de 2012 por el primer teniente de alcalde, concejal de Urbanismo y candidato a la alcaldía por el PSOE, José Herrero, con el aval de los servicios jurídicos y técnicos municipales.

El TSJA confirma punto por punto la sentencia emitida en mayo del año pasado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Oviedo, así como los argumentos del vecino de Barru que recurrió la licencia, Ignacio Fernández, a la vez que rechaza los del Ayuntamiento de Llanes y la sociedad propietaria del hotel, Carrera y Pérez SL.

La sentencia del TSJA, que condena en costas al Ayuntamiento y a Carrera y Pérez SL (deben de pagar hasta 3.000 euros de manera solidaria), aborda tanto aspectos formales como de fondo. Por un lado, se declaran nulas dos resoluciones municipales, una de la alcaldesa, Dolores Álvarez Campillo, y otra de José Herrero, en las que se rechazó, alegando que era extemporáneo, el recurso de Ignacio Fernández contra la licencia municipal que permitió la agrupación de las tres fincas. Por otro lado, el TSJA declara nula la propia agrupación de fincas, entre otras razones, porque sólo una de ellas es suelo urbano consolidado, mientras que las otras dos son suelo urbano no consolidado, y la legislación vigente no permite que se agrupen fincas con diferentes calificaciones urbanísticas.

Carrera y Pérez S. L. solicitó el 18 de diciembre de 2012 licencia para agrupar tres fincas: la que está ocupada por el hotel y dos colindantes. Sólo tres días más tarde el arquitecto municipal emitió un informe favorable, y únicamente cinco días después el concejal de Urbanismo concedió la licencia. Ignacio Fernández recurrió el 22 de mayo de 2013, pero su iniciativa fue rechazada por el Ayuntamiento alegando que se había presentado fuera de plazo. Ignacio Fernández elevó el asunto a los tribunales de justicia, que le han dado la razón en todas las instancias: su recurso fue presentado en tiempo y forma, y la licencia municipal fue nula.

Pero el TSJA va aún más allá y lanza una puya contra la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) por emitir varios informes sobre el proyecto que llegaban a conclusiones contradictorias entre sí. El TSJA señala que tanto los dos expedientes abiertos por la CUOTA como los diferentes informes del Ayuntamiento de Llanes fueron "confusos y contradictorios". El tribunal admite que una de las tres parcelas agrupadas, aquella en la que se enclava el hotel Kaype, es suelo urbano consolidado, pero añade que las otras dos no lo son, porque "apenas cuentan con urbanización propia", pues por una de ellas "pasa la red de saneamiento y llega un acceso rodado por el oeste, pero nada más", mientras que la otra "no cuenta con servicio alguno, ni acceso viario".

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA avala todas las conclusiones del juzgado ovetense que declaró nula la agrupación de fincas y que había criticado las interpretaciones "claramente interesadas de los hechos" realizadas por el Ayuntamiento de Llanes y el hecho de que "silenciara" lo más importante: que autorizó la agrupación de un terreno en el que hay un solar y otras dos fincas que tienen "la condición de suelo urbano no consolidado, operación que no resulta jurídicamente admisible, pues con ello se está dando carta de naturaleza a un fraude de ley".