El edificio turístico construido ilegalmente en Covalayu, en Celoriu (Llanes), por parientes de un exdirigente local y autonómico socialista no puede ser legalizado. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rechazado el recurso de la propiedad contra el acuerdo adoptado en abril de 2015 por la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Urbanismo de denegar la autorización previa para legalizar la edificación. La sentencia aún puede ser recurrida en casación, bien ante el Tribunal Supremo si se denuncia la infracción de alguna ley estatal o ante el propio TSJA si se considera infringida la legislación autonómica. Los jueces han condenado en costas a la propiedad.

El TSJA considera que el edificio, surgido de la reconstrucción de una antigua construcción en ruinas protegida, no puede ser legalizado, por lo que ratifica la decisión adoptada por Fomento. La Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL), que denunció la ilegalidad urbanística, recordó ayer que fue ejecutada durante el mandato de la exalcaldesa socialista Dolores Alvarez Campillo, siendo primer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo un sobrino carnal de los propietarios del edificio.

AVALL resalta que la licencia fue condicionada por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) "a la absoluta preservación de los muros existentes" (era una cuadra invernal), "por lo que la Oficina de Urbanismo Municipal debió observar con detenimiento y puntualidad que los condicionantes se cumplieran". El colectivo vecinal destaca que no fue así: "la vigilancia brilló por su ausencia y los muros preexistentes fueron totalmente derribados, lo que no impidió que la mentada Oficina de Urbanismo no actuara paralizando las obras pese a las varias denuncias presentadas por esta parte en tiempo y forma".

Así, se llego a la "práctica conclusión de la edificación, que ahora deviene en ilegalizable", subraya AVALL, que considera que el Ayuntamiento de Llanes, salvo que los jueces digan lo contrario en un hipotético recurso, "deberá retomar el expediente y proceder a la demolición de lo indebidamente construido".