El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cuatro de Oviedo obliga al Ayuntamiento de Ponga a pagar, de forma forzosa, un total de 44.274,16 euros a la parroquia rural de Sobrefoz, correspondientes al canon cinegético de los años 2015, 2016 y 2017.

La sentencia recoge que, dada la difícil situación económica que atraviesa la administración local -fuertemente endeudada-, el consistorio pongueto podrá abonar dicha cantidad repartida en diez cuotas mensuales. Eso sí, estipula que Sobrefoz debe comenzar a recibir los ingresos este mismo mes de febrero.

Las desavenencias entre la parroquia de Sobrefoz y el Ayuntamiento de Ponga comenzaron tras las elecciones municipales de 2015, cuando inició su mandato la socialista Marta Mª Alonso gracias al apoyo del PP. Ese año el consistorio otorgó cinco mil euros a la parroquia por los derechos de caza, una cantidad que el alcalde, Amador Sánchez, consideró irrisoria. Después los pagos quedaron paralizados por discrepancias a la hora de fijar los criterios de cobro, lo que motivó que los vecinos de Sobrefoz recurrieran a los tribunales. En un principio, reclamaban un 19,65% de los 109.498,14 euros que el consistorio pongueto recibía anualmente por parte del Principado en concepto del canon de caza, o, lo que es lo mismo, 21.565,39 euros por año vencido.

Por su parte, la alcaldesa pongueta defendía que dadas las competencias e inversiones realizadas por el Ayuntamiento para mejorar la parroquia no había deuda ninguna o, como mucho, esta no superaba el cinco por ciento, según un informe pericial que manejaba.

Finalmente, y en base a parámetros como la superficie aportada por Sobrefoz, la riqueza cinegética de la parroquia y el nivel de las competencias asumidas en cuando a caminos rurales y otros servicios públicos parroquiales, se fijó que a Sobrefoz le corresponde el 15% de los ingresos por el canon, o lo que es lo mismo, 16.424,72 euros anuales, a los que hay que restar los 5.000 euros recibidos en 2015. La sentencia deja fuera el año 2018 por no ser objeto de enjuiciamiento, y no impone costas a las partes.