La Fiscalía ha pedido que el Juzgado de Llanes abra juicio oral contra Sandra García González, actual número dos del PSOE en el Ayuntamiento llanisco, por un delito de prevaricación continuada al contratar sin proceso selectivo legal a una persona autónoma desde el año 2012 a 2016. Durante este tiempo la trabajadora percibió algo más de 33.000 euros de las arcas públicas por el desempeño de su función. El fiscal pide la inhabilitación de la concejala.

Los hechos se remontan a 2012, cuando García González ejercía un cargo en el gobierno local como edil de Promoción de Mayores, Cooperación, Voluntariado e Igualdad en el Ayuntamiento de Llanes. Entonces, tal como señala el fiscal en un informe, "la acusada decidió contratar" a una persona con categoría de autónomo para realizar actividades socioculturales en los centros sociales de El Rinconín y Vidiago. Para ello, incide la Fiscalía, no constaba "ningún tipo de expediente administrativo ni procedimiento de selección", con lo que la contratación se hizo "de forma personal, verbal y directa atendiendo a su mera voluntad personal en la elección de la persona a contratar, con pleno conocimiento de que con ello vulneraba los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público", describe en su escrito.

Un escrito que llega unos días más tarde que otro informe de Fiscalía en el que se acusaba a García González -para quien ahora se pide la apertura de juicio oral- y al actual portavoz del PSOE local, José Herrero, de un delito de prevaricación continuada. Para él, sin embargo, aún no se ha solicitado la apertura de juicio oral.

A Herrero le acusa el fiscal de haber contratado sin proceso selectivo y de manera continuada desde 2009 y hasta 2016 a un nutricionista que asesoró durante varios años a tres autonómos que prestaban sus servicios en las instalaciones deportivas. El nutricionista percibió un total de 20.160 euros.

El juzgado tiene aún que admitir a trámite la petición del fiscal. De hacerlo, el código ético del PSOE recoge que "cualquier cargo público al que se le abra juicio oral por un procedimiento penal dimitirá de su cargo" o, en caso contrario, apunta, "será suspendido cautelarmente de militancia".