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El “banco malo” quiere construir en La Talá los 400 adosados que denegaron los jueces

La Sareb recurre ante el TSJA la negativa de la CUOTA a edificar en la “joya” del plan urbanístico de Llanes que el Supremo anuló en 2002

Vista parcial de La Talá, en el extremo oeste de la villa de Llanes. | E. G. C.

La Talá vuelve a los tribunales de justicia. La Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), conocida popularmente como el “banco malo”, pretende construir en esa zona del concejo de Llanes, situada al oeste de la villa, los 400 chalés adosados que contemplaba el polémico plan urbanístico de 1992, anulado por el Tribunal Supremo diez años más tarde.

Con ese objetivo, la Sareb, a la que Liberbank cedió La Talá como activo “tóxico” en 2017, solicitó a finales del año pasado a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) condiciones para edificar. La negativa del organismo autonómico a construir en La Talá llevó al “banco malo” a presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA). De inmediato, el Ayuntamiento y la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL), solicitaron comparecer en el caso como partes codemandadas. El TSJA aceptó ambas peticiones.

La Talá fue considerada la “joya” del plan urbanístico que Llanes aprobado en 1992 y que tumbaron los tribunales. Reapareció en el plan general de 2003, que también fue anulado por el Supremo en 2011 por, entre otras razones, haber incluido el Ayuntamiento el proyecto para construir en La Tala después de finalizado el período de información pública, con lo que se produjo indefensión de los ciudadanos, que no pudieron alegar contra esa decisión municipal.

Entre medias, el Ayuntamiento permitió que se urbanizara La Talá, pero una vez más los tribunales anularon el plan parcial y determinaron que el terreno era –es– rústico, no urbanizable, por lo que solo pueden albergar edificaciones vinculadas a usos agrarios o ganaderos o de utilidad pública o social. La construcción de dos chalés en La Talá acabó también en los tribunales, pero en esta ocasión los jueces descartaron su derribo al considerar que sus propietarios no actuaron de mala fe.

El “banco malo” argumenta en defensa de su intención de construir en La Talá que el terreno ya está urbanizado y que, por lo tanto, debe ser considerado a todos los efectos urbanizable o urbano.

La CUOTA, por el contrario, sostiene que los suelos de La Talá nunca dejaron de ser rústicos, y que si se urbanizaron fue mediante un planeamiento y un plan parcial declarados nulos de pleno derecho. Y añade que solo si un futuro plan general calificara esos terrenos como urbanizables o urbanos se podría edificar en La Talá, emblema de la política urbanística de los anteriores gobiernos socialistas llaniscos.

El Ayuntamiento y AVALL también defienden que La Talá sigue siendo no urbanizable, pero van un paso más allá que la CUOTA: defienden que una resolución administrativa no puede modificar lo ya resuelto en una sentencia firme, y añaden que existe abundante jurisprudencia en ese sentido. Interpretan, en este caso, que un futuro planeamiento no podría contradecir la decisión judicial que declaró no urbanizable La Talá.

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