El acusado de apropiarse de un camino público en un pueblo de Parres lo niega: "No sé por qué esta inquina"
Xuan Carlos Fernández García aporta la escritura de propiedad y los datos del catastro que avalan la inexistencia de un paso al río Sella justo delante de su vivienda, en Sotu Deu

El supuesto acceso al río Sella en litigio, junto a la casa de Xuan Carlos Fernández García. / Cedida a LNE

No ha habido apropiación alguna de un camino público en la localidad de Sotu Deu, en el concejo de Parres. Lo afirma taxativamente el propietario acusado de esa presunta ilegalidad por un grupo de vecinos, Xuan Carlos Fernández García, quien esgrime que ese supuesto acceso público al río Sella no existe, tal y como avalan la escritura de propiedad y los datos del Catastro. Asegura que ha ofrecido "reiteradamente" a los vecinos el paso por tres sendas existentes en su finca, pero rechaza que deba ceder paso justo por delante de su vivienda: "Es una imposición que carece de sentido alguno".
El origen del conflicto se remonta a la reorganización de la propiedad rústica (concentración parcelaria) ejecutada en 1991. La abogada del actual propietario de la finca, Laura López Varona, subraya que en la descripción literal del título de propiedad "no consta tal camino, ni que la finca tenga una carga constituida como servidumbre de paso del camino al río Sella, ni se refiere tal camino en ninguno de los linderos, ni anteriores ni posteriores a la concentración parcelaria". La finca, inscrita en el Registro de la Propiedad de Cangas de Onís, fue cerrada hace unos meses por el actual titular con autorización municipal.
Bajo la salvaguardia de los tribunales
Frente a la posibilidad de que pudiera existir un plano que indicase otra cosa, la letrada advierte de que un plano "no es título habilitante para interpretar y dar otro sentido a la descripción literal registral". Los asientos del Registro están "bajo la salvaguardia de los tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud", tal como establece la ley.
La propiedad también echa mano del inventario municipal de patrimonio inmobiliario: "No existe ni el más mínimo atisbo de la existencia de tal camino", sostiene López Varona. Y enumera la ausencia de obras públicas, mantenimiento, limpieza, señalización o cualquier servicio de suministros que discurra por ese trazado.
Concentración parcelaria
Desde una perspectiva urbanística, la defensa del dueño del terreno considera que pretender dividir la Propiedad con un camino contradice la propia esencia de la concentración parcelaria, "un proceso de reordenación de la propiedad rústica que busca agrupar parcelas pequeñas contiguas en fincas más grandes". Por ello, la abogada sostiene que es "falso" que se haya pretendido esa división y que la parcela afectada "no puede quedar estrangulada ni dividida en dos por un camino".
Más: si el Ayuntamiento de Parres considerase que existe una inexactitud en el Registro de la Propiedad, la vía no sería un acuerdo de la Alcaldía o del Pleno, sino una demanda judicial: la rectificación requeriría el consentimiento del titular, "que expresamente lo niega", o en su defecto, una resolución judicial, como señala la ley. "Ni el Alcalde ni el Pleno del Ayuntamiento pueden en este caso adoptar acuerdo alguno que no sea la demanda ante el órgano judicial competente", concluye la abogada.
"Actitud hostil"
Xuan Carlos Fernández García se muestra confiado en la ley y desconcertado por lo que considera "una actitud hostil". Añade: "Intenté hacerlo todo con la mejor bondad, sin perjudicar a nadie y hacerlo todo de forma legal. No sé por qué esta inquina teniendo más accesos". Según su relato, dentro de su finca hay otras "tres opciones" para acceder al río, pero los vecinos se empeñan en pasar "por delante de mi casa. Es una imposición que ellos quieren, pero que carece de sentido alguno", insiste el propietario.
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