Pablo GONZÁLEZ

Demasiadas baldosas para vigilar en un municipio de 186 kilómetros cuadrados de extensión. Éste es uno de los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento de Oviedo para tratar de eludir una demanda presentada por una ovetense de 76 años que tropezó con unos baldosines sueltos en la calle Independencia. El argumento no ha convencido a la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que ha condenado al Ayuntamiento de Oviedo a pagar a la mujer una indemnización de 21.942 euros.

Los hechos se remontan al 11 de junio de 2009 cuando la vecina acababa de bajar de un autobús urbano en la calle Independencia, en la parada que hay frente a la Escuela de Minas. Comenzó a caminar en dirección a la calle Uría cuando en el entronque con Ventura Rodríguez acabó en el suelo, tras tropezar con un tramo de acera en el que había cuatro baldosas sueltas, que creaban un escalón de entre 1 y 2 centímetros. La mujer se rompió el codo derecho y tuvo que ser intervenida. El accidente le ha dejado secuelas, como son la pérdida de movilidad y fuerza en el brazo derecho.

La mujer presentó una reclamación ante el Ayuntamiento de Oviedo, que fue desestimada definitivamente el 21 de julio de 2010. Ante esto optó por acudir a los tribunales, representada por la letrada María Wilma Díaz Alonso. El 2 de noviembre de 2010 presentó un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Oviedo. La demanda, en la que solicitaba una indemnización de 29.527,60 euros, fue rechazada. Entre otras cosas, en la sentencia se recogía que «no puede pretenderse que las calles estén en perfecto estado y que cualquier deficiencia, sea de la entidad que sea, deba ser concebida como causante de riesgo obligando a la Administración responsable a repararla de forma inmediata o a señalizar su existencia, pues tal concepción excede de lo razonablemente exigible».

Esta sentencia daba la razón al Ayuntamiento, que entre sus alegaciones justificaba que su actuación había sido la correcta. «El Ayuntamiento ha cumplido exquisitamente su control de vigilancia, porque lo que no puede exigírsele es un constante y absoluto control y conocimiento en todos los momentos sobre todas y cada una de las vías del municipio», argumentó en sus alegaciones. Para el Ayuntamiento queda claro que un control baldosa a baldosa «sería cuasi-imposible» y que además «alteraría la vida de los ciudadanos». En el escrito municipal el Ayuntamiento insiste en que «una supervisión exacta e inmediata de cada uno de los millones de baldosas de sus aceras exigiría tal gasto público que ninguna Administración sería capaz de soportar, amén de que dichos desorbitados gastos recaerían en todos los ciudadanos».

La afectada, a través de su abogada, María Wilma Díaz Alonso, recurrió la sentencia ante el TSJA, que le dio la razón. El alto tribunal asturiano consideró que «no se puede obviar que estamos ante una vía principal, con intenso trasiego peatonal, al lado de una parada de autobús urbano donde se bajaba la lesionada, lo que exigía una especial diligencia municipal».