La Fiscalía del Principado de Asturias ha archivado las Diligencias de Investigación abiertas por presuntas irregularidades en el funcionamiento del Centro de Menores de Sograndio y supuesta negligencia en el ejercicio de las funciones de sus responsables. La Fiscal Superior, María Esther Fernández García, instructora de las Diligencias, considera que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal alguna. El denunciante puede reitrar su denuncia ante el Juzgado de Instrucción correspondiente, ya que contra el decreto de la Fiscalía no cabe recurso.

Las Diligencias de Investigación se incoaron tras la denuncia presentada en la sede de Oviedo de la Fiscalía por el representante de la Asociación de Vigilantes de Seguridad Privada de Asturias (Avispa) contra el consejero de Presidencia en funciones, Guillermo Martínez Suárez; el director general de Justicia e Interior en funciones, José Luis Villaverde Amieva; el director del Centro de Responsabilidad Penal de Menores de Sograndio, Vicente Ramos Manuel; y la Jefa de Servicio delegada de Alcor Seguridad en Asturias por una presunta "dejadez de sus responsabilidades públicas, falta de rigor en sus decisiones, negligencia continuada en sus funciones e irregularidades en cuanto a la política de reinseción aplicada en el Centro de Menores de Sograndio". Según el decreto firmado por la Fiscal Superior, "todo lo manifestado en la denuncia no son sino reproches a la actuación política o profesional de los denunciados y una muestra de disconformidad con estas actuaciones, con la pretensión de lograr un cambio de sistema. No es, desde luego, esta vía de imputaciones penales la que procede utilizar para alcanzar los fines que, legítimamente, puede pretender el denunciante".

La Fiscalía archiva las Diligencias afirmando que "es misión del Ministerio Fiscal la investigación de hechos de trascendencia penal y no de aquéllos que sirvan exclusivamente a intereses mediáticos o profesionales, o al favorecimiento de actitudes políticas o criterios subjetivos de lo que, estiman, debe ser la actuación de la Administración. Pretensiones merecedoras de todo respeto pero ajenas a la función" del Fiscal. Tal y como se articula en la denuncia interpuesta por Avispa, no se imputa a los denunciados infracción penal alguna, ni tampoco se infiere del relato fáctico hecho alguno tipificable como infracción penal imputable a terceras personas". Tampoco se aprecia, por otra parte, "actuación alguna que pueda valorarse como una disconformidad con el Ordenamiento Jurídico Penal".