La Fiscalía confirmó ayer que no investigó el embarazo de María José Abeng, cuando ésta tenía 14 años. El motivo fue que no hubo denuncia alguna de abusos o agresión sexual. Por otro lado, la menor superaba los 13 años, que entonces era la edad legal de consentimiento sexual, un límite que se elevó a los 16 años con la reforma del Código Penal que entró en vigor el 1 de julio de 2015. Un salto "llamativo", en opinión del catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo Javier Gustavo Fernández Teruelo, ya que España pasó de ser uno de los países con el límite de consentimiento a una edad más temprana -a la par que Níger y Burkina Fasso, aunque también Argentina-, a tener uno de los más altos de Europa, con Gran Bretaña y Rusia.

Según explica Fernández Teruelo, los mayores de 13 años podían mantener relaciones libremente, aunque había excepciones. "Se contemplaba el delito de abusos sexuales en caso de que se mantuviesen relaciones con menores de entre 13 y 16 años, aun habiendo consentimiento por parte de éstos, si mediaba engaño o prevalimiento, pero no se aplicaba nunca, solo en casos muy aislados. Por ejemplo, cuando se producía algún supuesto de corrupción de menores, con adolescentes expuestos de forma reiterada a contenidos pornográficos, o cuando un padre se prevalía de su posición de superioridad para mantener relaciones sexuales con un hijo", indica el profesor. Pero la norma era que, "si el menor era mayor de 13 años, el Derecho no se inmiscuía".

Cuando se quedó embarazada, María José estaba bajo la custodia de una institución del Principado. Fernández Teruelo cree que, en un caso de este tipo, "si se probase una falta de diligencia por parte de la administración en la vigilancia del menor, habría una indudable responsabilidad patrimonial", pero sería casi imposible probar la comisión de un delito sexual doloso por omisión por parte de las personas responsables de la custodia del menor acogido.