Elena FERNÁNDEZ-PELLO

"La Cofradía tiene unos derechos históricos sobre el nombre de La Balesquida y los va a ejercer hasta donde sea posible", afirma José Luis Felgueroso, cofrade y portavoz de la asociación de fieles más antigua de España que acaba de ganar el litigio que interpuso contra la Oficina de Patentes y Marcas por el uso exclusivo de esa denominación, que también había sido registrado por la Sociedad Protectora de La Balesquida. Ello no es óbice para llegar a acuerdos sobre su uso, según sus representantes. "Las puertas de la Cofradía han estado abiertas siempre a la negociación", sostiene Felgueroso.

En cualquier caso, después de que trascendiese la sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) a principios de esta semana, la Cofradía no tiene más que hacer, según su portavoz, que esperar a que "sea firme, y luego tomar la decisión que proceda colegiadamente en los órganos de gobierno de la Cofradía". Tanto la Oficina de Patentes como la Sociedad Protectora de La Balesquida, que figura como codemandada en el proceso judicial, tienen la posibilidad de recurrir el fallo en casación.

Felgueroso y Pedro Pérez Escotet, que como fiscal de la Cofradía encabeza, junto al mayordomo y el juez, el Cabildo que la gobierna, afirman que impugnaron la resolución de la Oficina de Patentes, ante la que interpusieron un recurso administrativo, "por defender el nombre de La Balesquida, que es el patrimonio que tiene la Cofradía" y que si han llegado hasta los tribunales es porque "la Cofradía pretende salvar ese nombre".

Desde la Cofradía de La Balesquida se cuestiona el papel de la Sociedad Protectora, que fue creada en 1930 para contribuir a su sostenimiento. Su portavoces afirman que, a día de hoy, "la Sociedad Protectora no le da absolutamente nada a la Cofradía: vive de su nombre" y que los cofrades pagan "sus bollos, su vino y la parte alícuota de la carpa del Martes de Campo". Y añaden que tampoco colabora en el mantenimiento de la capilla donde se venera la Virgen de la Esperanza, la patrona de la Cofradía. "No entra una flor ni una vela que pague la Sociedad Protectora", sostienen.

En su fallo, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA, observa que las marcas inscritas por la Cofradía y la Sociedad Protectora de La Balesquida "tienen una gran similitud desde el punto de vista de su contenido".

"El riesgo de confusión" entre ambas marcas registradas -"Antigua Cofradía de Nuestra Señora de la Esperanza 'La Balesquida' y "Sociedad Protectora de la Balesquida 1930" - es, a juicio del tribunal, "cierto y evidente" y deja constancia de que "en la ciudad de Oviedo la referencia a La Balesquida lo es a una cofradía de raigambre medieval, a la Virgen de la que muchos ciudadanos son devotos y a la capilla, que precisamente está situada frente a la sede de este tribunal y en la plaza de la Catedral", razón por la que falla a su favor.

El plazo para presentar recurso de casación es de treinta días.