El Ayuntamiento no tiene clara la supuesta "ilegalidad" del radar de Santullano ni de otros dispositivos similares instalados en la ciudad. A pesar de que varias sentencias judiciales han resuelto que a estos dispositivos les falta una certificación y que, por tanto, las multas emitidas desde 2012 podrían ser recurribles, fuentes municipales aseguran que los certificados de los que dispone la Policía Local garantizan el correcto funcionamiento de los equipos durante seis años, es decir hasta abril de 2018.

Contra el criterio de la jueza de lo contencioso administrativo número 6 de Oviedo, que sostiene que las dos certificaciones de las que dispone el Ayuntamiento no son suficientes, en la Policía creen que la sentencia se equivoca. En todo caso, según explica el concejal de Seguridad, el socialista Ricardo Fernández, "lo importante ahora es verificar la documentación que tenemos y asegurarnos de que estamos haciendo las cosas bien". Se trata, pues, de restituir la seguridad jurídica a unos "elementos coercitivos", pero no con el objetivo de evitar una avalancha de recursos. Eso, explica el concejal, que el fin último es la seguridad vial y asegurarse de que el Ayuntamiento no está haciendo las cosas mal.

Y para lograr tener esa seguridad, además de comprobar todos los certificados de los que dispone el servicio, el concejal espera disponer en breve de un informe del Centro Español de Metrología con el que salir de dudas de forma definitiva tras las sentencias judiciales que han puesto en duda la "legalidad" de los radares. El Centro Español de Metrología es el organismo oficial encargado de expedir los certificados para estos aparatos, y en el caso de las sentencias referidas al radar de Santullano, debería de poder explicar si, como dice la jueza, hace falta un tercer papel que garantice la fiabilidad de la caja donde se guarda el radar o si, como sostienen los técnicos, la certificación de la instalación es suficiente.

Fuentes municipales consultadas comparan la polémica surgida ahora con el radar y la caja en que se guarda con un vehículo y la obligación de pasar la ITV. Al comprar un coche, éste puede circular sin necesidad de pasar la inspección durante determinado periodo de tiempo, siempre que el propietario no haya modificado el motor. Y sólo al cabo de un tiempo tiene que empezar a pasar la ITV. Pues con el radar y la caja del radar pasaría algo parecido. De los dos certificados que el Ayuntamiento posee sobre el aparato de Santullano, el "informe de verificación del producto después de instalación" hace referencia explícita a que se trata de una "cabina" y elabora un informe positivo después de someterlo a una serie de pruebas. Esos ensayos se realizaron entre el 13 y el 17 de abril de 2012, el informe lo emitió el Centro español de metrología y según la legislación vigente toda la instalación es perfectamente válida durante seis años, por lo que la cabina no requeriría de las homologaciones extra a las que se refiere la jueza si en ese tiempo no se ha realizado ninguna modificación.

Esa es la tesis. Ricardo Fernández espera ahora el informe de Metrología para poder probarla y despejar todas las dudas.