El último informe de la Policía Científica sobre el incendio del número 58 de la calle Uría (Oviedo) -que costó la vida al bombero Eloy Palacio y en el que un compañero resultó herido- contiene unas conclusiones en materia de gestión del incendio que son "de carácter personal" y no están basadas en actuaciones periciales.

Así consta en el escrito de Fiscalía del Principado de Asturias que considera que no hay razones para abrir la causa y al que ha tenido acceso Europa Press. El documento enviado por el fiscal al Juzgado aún no había trascendido. A pesar de llevar fecha del 19 de abril, el abogado de la familia de Eloy Palacio, que pidió reabrir la causa tras el nuevo informe policial, reconoció el viernes 21 de abril que aún no conocía la literalidad del texto.

"No procede reaperturar las actuaciones, siendo las diligencias socilitadas manifiestamenete improcedentes", concluye el fiscal Enrique Valdés-Solís ante la petición.

Responde así a la pretensión de reabrir la causa penal tras el extenso informe de la Policía Científica que trascendió a comienzos de este mes de abril y que concluyó que existió en las labores de extinción una falta de supervisión adecuada del dispositivo llevado a cabo por los bomberos y que no se hizo una valoración adecuada del riesgo de colapso de la estructura.

El trabajo policial también detalla que la falta de abastecimiento adecuado de agua, en hidrantes y bocas de riego, fue uno de los factores que condicionó las labores de extinción del fatal incendio producido el 7 de abril de 2016.

"Suponen unas conclusiones no basadas en actuaciones periciales, sino de carácter personal", replica el fiscal en cuanto a lo que la Policía Científica aporta sobre la gestión del incendio. "En ningún momento suplen las alcanzadas por los juzgadores, máxime cuando no pueden nunca alcanzar la exhaustividad de la investigación penal", alega además.

Valdés-Solís explica que la inexistencia de infracción penal es una decisión de los órganos judiciales y no de los peritos, y que el propio informe de la Policía Científica coincide en una "cuestión crucial" para considerar la inexistencia de infracción penal: la orden de ataque exterior y al actuación en un exceso de confianza.

Concluye el fiscal que el informe de la Policía Científica se centra en cuestiones que "en nada afectan a la decisión tomada" de archivar las actuaciones penales. "No introduce ningún elemento adicional que permita re considerar las decisiones judiciales dictadas", señala.

En relación con las responsabilidades o consecuencias que se pudieran derivar del defectuoso suministro de agua a través de hidrantes, algo que recoge el informe, el fiscal señala "ninguna relación de causalidad tiene con el accidente laboral que dio lugar al fallecimiento del bombero y, por tanto, carece de trascendencia en el ámbito penal".