La justicia ha vuelto a pronunciarse ante las demandas de los trabajadores de la Fábrica de Armas de Trubia, que comenzaron a reclamar de forma individual después de que el Tribunal Supremo respaldase el mes pasado Expediente de Regulación de Empleo (ERE) presentado por Santa Bárbara sistemas en 2013 y que supuso 55 despedidos en la plantilla asturiana. El juzgado de lo social ha emitido dos sentencias, una de ellas referente a la petición de dos operarios y la otra a una trabajadora, en las que considera que la empresa realizó "cumplida prueba" de los criterios por los que los denunciantes fueron seleccionados para ser incluidos en la lista de despidos.

De esta forma, la magistrada juez Pilar Muiña Valledor, del Juzgado de los Social número 1 de Oviedo, considera "procedentes" las extinciones de contrato. El mismo tribunal, no obstante, falló la semana pasada en sentido contrario ante otra petición llegada de la factoría trubieca. En aquella ocasión mandó readmitir o indemnizar al demandante.

En el caso de la reciente sentencia presentada por una empleada, que tenía la condición de relevista y reclamó también que la indemnización que recibió no fue correcta, la justicia señaló que "no existe ningún error en su cuantificación". La trabajadora, que desarrollaba labores sanitarias en la empresa, reclamaba que tenía preferencia sobre otra compañera para seguir formando parte de la plantilla, una circunstancia que se niega también en la sentencia.

En el caso de los otros dos trabajadores, de los departamentos de Mecanizados y Calidad, el texto detalla que "ninguno de los dos actores tiene cargas familiares" mientras que la empresa estableció en sus criterios que valoraría que trabajadores tenían hijos en formación o cónyuges desempleados a la hora de decidir quien mantenía su puesto. En ambos litigios cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado en los cinco días posteriores a la notificación de la sentencia.

Los dos últimos dictámenes llegan cinco días después de que triunfase el recurso de otro trabajador afectado por el ERE de la Fábrica de Armas de Trubia. Aunque la magistrado juez estudió también en aquel momento la validez de los criterios aplicados por la empresa, determinó entonces que no se habían los motivos por los que el trabajador fue elegido para extinguir su contrato. Declaró así "improcedente" el despido de un hombre de 53 años que todavía no estaba en edad de jubilación, tenía una hija a su cargo y una empresa que no trabajaba. Cuando se conoció la sentencia, los afectados por el ERE la celebraron como la primera favorable a sus intereses mientras que la empresa defendió la existencia de otra anterior en la que triunfaron sus intereses.