Cinco meses después de que el tripartito al completo compareciera para anunciar un expediente municipal en el que se iba a investigar al exalcalde Gabino de Lorenzo y a su equipo por supuesta responsabilidad contable en la gestión de la expropiación del palacete de "Villa Magdalena", el trabajo de los técnicos municipales ha finalizado sin encontrar tal supuesto ni dar pie a que los juzgados puedan seguir ese camino.

Las conclusiones del expediente municipal son tajantes: "Del presente procedimiento no se concluye la existencia de responsabilidad patrimonial por parte de los presuntos responsables identificados en el acuerdo de la Junta de Gobierno de 4 de mayo de 2017, esto es, el Alcalde y concejales delegados y de gobierno de Economía, Presupuestos y Urbanismo del periodo comprendido entre noviembre de 1998 y abril de 2008". La funcionaria municipal a la que el equipo de Gobierno encargó el expediente no sólo descarta que existan responsabilidades patrimoniales, sino que, además, dedica palabras muy duras (por impreciso y por poco respetuoso) al informe que el Ayuntamiento encargó a la Universidad de Oviedo para iniciar todo el proceso de revisión del "caso Villa Magdalena".

Las conclusiones de la investigación dejan fuera de responsabilidad contable por la expropiación de "Villa Magdalena" al exalcalde Gabino de Lorenzo y a los concejales Agustín Iglesias Caunedo, José Agustín Cuervas-Mons, Jaime Reinares, Alberto Mortera y Alicia Castro Masaveu. Y lo hace, fundamentalmente, porque la funcionaria considera que los hechos ya fueron juzgados, dos veces, por el Tribunal de Cuentas y que no compete a la administración local volver a hacerlo.

"El Tribunal de Cuentas", concluye el expediente, "analizó los hechos objeto del presente expediente que se realizaron durante el periodo temporal que del acuerdo de incoación, por lo que difícilmente podría esta instructora apartarse de los razonamientos efectuados por un Tribunal especializado que no solo está formado por los propios consejeros, sino que cuenta con numeroso órganos de apoyo como el Interventor o el gabinete técnico".

Y lo que el Tribunal de Cuentas dijo en 2011 y en 2012 es que la única responsabilidad que cabía examinar era la contable y que ésta tenía que rechazarse, tanto en lo referido a los posibles pagos, que consideraba ajustados (entonces se analizaba el acuerdo para pagar la deuda con el parking de Uría), como a la inacción que había permitido la retasación.

"En los dos autos", explica el expediente municipal, "el citado tribunal ha analizado, estudiado y enjuiciado los hechos relativos tanto a los pagos efectuados en el procedimiento expropiatorio de 'Villa Magdalena', declarándolos debidos, como a la falta de consignación del justiprecio, que no ha considerado que fuera constitutiva de la referida responsabilidad". "Obviamente", concluye la funcionaria, "el asunto ha de considerarse materia juzgada".

Pero la investigación municipal que el Alcalde Wenceslao López convirtió en algo casi personal -"no puedo mirar para otro lado", había declarado en su día- y que le llevó a nuevos roces en público con el exalcalde y hoy delegado del Gobierno, Gabino de Lorenzo, no se contenta con suscribir las conclusiones del Tribunal de Cuentas y descartar la responsabilidad contable. La investigación va un poco más allá y echa por tierra todo el armazón jurídico en el que el tripartito basó la puesta en marcha del expediente, y que reposaba en un informe solicitado a la Fundación de la Universidad de Oviedo y redactado por un equipo que dirigió la catedrática de Administrativo Rosario Alonso.

La funcionaria hace ver las contradicciones de ese estudio jurídico cuando propone que en este caso se puede ir más allá de la responsabilidad contable y, en especial, afea sus conclusiones por poco precisas respecto a quiénes y por qué hechos podría haber responsabilidad patrimonial y por los juicios de valor, explica, que allí se vierten.

"El relato de la Fundación de la Universidad de Oviedo (FUO)", afirma el expediente municipal, "es prolijo en el relato de los hechos, pero escueto en sus fundamentos jurídicos. Se limita a cuestionar las actuaciones, apostrofando con acotaciones irrespetuosas e innecesarias, pero sin fijar qué acciones u omisiones pudieran ser susceptibles de exigencia de responsabilidad, como qué personas fueron determinadas responsables y en qué grado".

Para la funcionaria, esta falta de concreción que achaca al informe de la Universidad también la ve en el acuerdo de la Junta de Gobierno que puso en marcha el expediente. Y razona que hubiera sido preferible que allí se explicaran "el hecho o hechos que fueron realizados por los interesados que pudieron causar los daños y perjuicios en los bienes o derechos", y haber indicado "de forma expresa que ese (la inacción por la no consignación del justiprecio de 'Villa Magdalena' que generó finalmente la retasación y disparó la deuda) era el hecho dañoso".