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El fiscal archiva la denuncia penal de los vecinos contra la planta de Priorio

El ministerio público admite que la resolución de Industria pudo ser "antijurídica", pero considera que está fuera de plazo para abrir la causa

La cantera ovetense en la que se pretende incluir una planta de asfalto.

Nadie prevaricó al aprobar la planta de asfalto de Priorio (Oviedo). Es la principal conclusión de la Fiscalía Superior del Principado de Asturias, que ha decidido archivar las diligencias abiertas tras una denuncia de la plataforma vecinal de afectados. La resolución del fiscal, a la que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA, admite que pudo haber irregularidades tanto en el procedimiento seguido como en la resolución de la Consejería de Industria que autorizó el proyecto, el pasado 28 de diciembre de 2017, pero descarta presentar una denuncia por la vía del contencioso administrativo porque ya han pasado más de dos meses y la demanda estaría, por lo tanto, fuera de plazo.

El fiscal ha analizado la tramitación del proyecto de instalación de transformación de mineral en aglomerados asfálticos dentro de la industria extractiva denominada "Peñas Arriba-Peñas Abajo", en Santa María de Piedramuelle, solicitado por Canteras Cárcaba S. A. En una resolución que ocupa 14 folios, la Fiscalía estudia primero si, como defienden los vecinos afectados y los colectivos ecologistas, el proyecto debió ser sometido a estudio ambiental (bien sea ordinario o preliminar).

La decisión de la Viceconsejería de Medio Ambiente de no someter el proyecto a trámite ambiental se basó en el informe de un ingeniero técnico agrícola, que resaltó que la cantera de Priorio ya se había sometido a estudio de impacto en 2003, y dado que las nuevas instalaciones (planta de aglomerado y planta de hormigón) se ubicarán dentro del mismo recinto, no hace falta un nuevo informe ambiental, pues no tendrán "efectos significativos sobre el medio ambiente".

El informe sí reconoce que existen "afecciones potenciales": ruidos, gases y vibraciones, pero que serán "convenientemente estudiadas y consideradas" en las posteriores autorizaciones y licencias sectoriales "para evitar consecuencias nocivas". Las autorizaciones y licencias señaladas corresponderán al Ayuntamiento de Oviedo, el Servicio de Autorización Ambiental, la Confederación Hidrográfica y las direcciones generales de Salud Pública y Prevención y Control Ambiental.

El fiscal destaca que resulta "muy difícil" demostrar un delito de prevaricación administrativa, pues debe demostrarse fehacientemente que se dictó una resolución arbitraria o se concedió una licencia manifiestamente ilegal y a sabiendas de su injusticia. Pero existe un "problema procesal", pues más allá del reconocimiento por parte del prevaricador o la existencia de grabaciones o testificales directas "resulta imposible" probar un delito de prevaricación, pues no es posible "penetrar en la psique de la autoridad o funcionario público que emite el informe o dicta la resolución".

De toda la documentación existente el fiscal concluye que faltan datos actualizados de los términos de la declaración de impacto realizada en 2013 para determinar si, como denuncian los vecinos y los ecologistas, la nueva planta provocará un "incremento exponencial" de los ruidos y las vibraciones. Pero "nada de eso se ha hecho", se queja el fiscal.

El ministerio público resalta que el informe del ingeniero técnico agrícola concluye que en materia de emisión de gases no habrá "efectos significativos sobre el medio ambiente". Critica el fiscal que la resolución por la que se autorizó la planta de asfalto utilice en la mayoría de sus valoraciones "conceptos jurídicos indeterminados", como "incremento significativo", "afección significativa", "potenciales impactos" o "efectos negativos relevantes", que en su opinión "impiden tener por ciertos y claros los términos de comparación" con la explotación actual. Todo ello, unido a que la tramitación del proyecto "ha seguido escrupulosamente los trámites formales", hace "muy difícil" la "posible aplicación del delito de prevaricación", señala el fiscal.

Con todo ello la Fiscalía entiende que la denuncia no puede prosperar desde el punto de vista penal. "Ahora bien, ello no quiere decir que la resolución y el procedimiento jurídico no sea antijurídico", añade el fiscal, ya que esa valoración corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa. Pero también descarta recurrir a ella, porque al haber pasado más de dos meses desde que se publicó la resolución que autorizó la planta de asfalto la iniciativa estaría "fuera de plazo".

Mientras tanto, el Ayuntamiento de Oviedo ha denegado la licencia para instalar la planta de asfalto, al considerar que tanto el Plan General de Ordenación de Oviedo como el plan de canteras prohíben crear industrias de ese tipo en los terrenos elegidos por la empresa.

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