El Juzgado de lo Contencioso número 1 ha desestimado el recurso La Auxiliar de Recaudación S. L., en el que la empresa le reclamaba al Ayuntamiento de Oviedo el cobro de 725.176 euros en concepto de liquidación del contrato. El magistrado considera "estéril" la demanda de la compañía y considera correcta la actuación municipal:

"Vistos los importes que se cuestionan (unos 56.000 euros correspondientes a 204 liquidaciones y 887 euros de otras 3 liquidaciones) se considera estéril su análisis toda vez que, aun en la hipótesis de admitir lo así expuesto por la parte, no llegaría a alcanzar el porcentaje de 95% exigible para que subiera su retribución ( no se pasa del 92,48% tomado en cuenta por el Ayto). Contra la sentencia, cabe recurso de apelación.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) condenó en marzo del año pasado al Ayuntamiento a incorporar a su plantilla a los trabajadores de La Auxiliar de Recaudación, cuya subrogación al nuevo servicio de Recaudación había rechazado previamente.

En la vista celebrada en marzo de 2017, el abogado de la defensa de los 29 trabajadores, Federico Recalde, sostuvo que el Ayuntamiento tenía que subrogar a los trabajadores basándose en la directiva comunitaria, reconocida ya en varias ocasiones por los tribunales nacionales, que mantiene que cuando se transmiten los medios esenciales para desarrollar determinada actividad los trabajadores han de ir ligados a esta transmisión. Es decir, tenían que ser subrogados.