Como en las carreras de caballos, los abogados también se la juegan en cada juicio y dependiendo del magistrado pueden ver su suerte cambiar rápidamente de lado. El letrado Javier Pavón ha visto esta semana cómo dos demandas contra el Ayuntamiento por sendas facturas de 15.457,50 euros giradas a sus clientes por los gastos derivados del empeño en mantener a sus caballos en la instalaciones de El Asturcón, se resolvían con un sentencia favorable y otra desfavorable.

En realidad, el magistrado del juzgado de lo contencioso número 3 de Oviedo, Miguel Ángel Carbajo, y el del 4, David Ordóñez, están de acuerdo en censurar, directa o indirectamente, que un grupo de dueños de caballos sigan ocupando unas instalaciones en las que no se presta ningún servicio. Pero el primero apoya sin dudas la forma en que el Ayuntamiento ha tratado de multar a estos usuarios "okupas", calculando los gastos que están generando con su actitud, y el segundo razona que el marco no es el del cálculo de ningún servicio sin haber incoado previamente un expediente administrativo sancionador.

Sin embargo, al no haberse dado este marco jurídico, los gastos que se le han girado a uno de los usuarios desaparecen junto con el efecto del fallo. En la primera sentencia, el magistrado hace lo contrario, hacer firme la factura, pero va más allá y carga las tintas contra la actitud de los dueños de los caballos que no se aquietan a la orden municipal de abandonar el recinto hípico.

Lo que hacen estos usuarios, razona Carbajo, no responde a un uso ordinario de un servicio público, sino a una "contumaz insistencia de mantener su caballo en unas instalaciones que el Ayuntamiento trata de rescatar". "Sólo una deliberada renuencia del propietario", prosigue el magistrado, explica cómo, a pesar del tiempo transcurrido, el caballo permanece en precario en las mismas".

La actitud de estos usuarios de seguir ocupando los establos es la que obliga a la administración a soportar estos gastos, prosigue el juez del número 3, motivo por el que considera "plenamente ajustado a derecho" que se repercuta "a quienes de forma rebelde y sin título alguno continúan sirviéndose de estos bienes y servicios municipales".