El juzgado de lo contencioso administrativo número de 6 de Oviedo acaba de anular el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Oviedo por el que se cambiaron los nombres de 21 calles de la ciudad en aplicación de la ley de Memoria Histórica. La sentencia, que no entra a analizar el fondo de la cuestión y responde a sendas demandas del Partido Popular, un vecino de la ciudad y la Hermandad de Defensores de Oviedo, basa su fallo en una cuestión cuasi formal: el acuerdo adoptado no justificó las calles seleccionadas conforme a lo que exige la ley en la que, sin embargo, está basada la decisión.

La Ley de Memoria Histórica, que aparece citada, incluso, en las nuevas placas con los nuevos nombres, manda que se supriman nombres, placas y objetos del mobiliario urbano "conmemorativos de exaltación, personal o colectiva de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura". Sin embargo, concluye la jueza, ni el informe de la Comisión de Expertos ni las otras pruebas aportadas por la defensa municipal encuentran fundamento dentro de los supuestos establecidos en el artículo 15.1 de la Ley. Además, como recalca la juez, ni siquiera el informe de los expertos fue incorporado a la resolución del pleno en el que se acordó cambiar los nombres a 21 calles de la ciudad.

La juez considera, así, que se trata de "un acto adoptado prácticamente de plano y puramente discrecional del Alcalde, ya que es él, en su propuesta, quien motu proprio decide qué calles tienen encaje en el artículo 15.1 y deben ser sustituidas". Según la sentencia, "el expediente administrativo únicamente cuenta con la propuesta del Alcalde y con la aprobación de la propuesta, que conforme a lo ya declarado es competencia también del Alcalde. Y si bien obra un informe técnico, éste es del servicio de estadística, que ninguna relación guarda con la concurrencia de los requisitos de la ley de Memoria Histórica".

Aunque la sentencia impone las costas al Ayuntamiento, todavía cabe recurso y, además, la decisión de qué nombres se ponen a las calles de una ciudad corresponde al Pleno municipal, por lo que el actual equipo de Gobierno, que ya ha modificado las placas con los nombres de las calles pese a estar judicializada la decisión, podría acordar modificar estos nombres sin ampararse en la Ley de Memoria Histórica, que es el motivo por el que la juez ha anulado el nuevo callejero.