El Ayuntamiento de Oviedo dijo esta semana que no dará marcha atrás con las 21 calles de Oviedo modificadas en aplicación de la ley de Memoria histórica, a pesar de que el Juzgado les ha dado diez días para anular el acuerdo sobre el cambio del callejero. El gobierno local insiste en que el problema es "formal" y que basta con volver a armar el expediente sin los déficits que vio la jueza que tumbó los 21 nombres franquistas cambiados. Pero algunos de los que recurrieron aquella medida y ganaron en los tribunales no lo ven así y están indignados con las intenciones municipales.

Es el caso de José María Pérez, que recurrió a título individual y que quiere dejar clasro ahora que las explicaciones del Ayuntamiento son "falsas". Él exige la retirada de los nuevos rótulos y la reposición de los anteriores y dar órdenes al catastro y todos los organismos donde se comunicó el cambio. "Eso", razona, "forma parte del cumplimiento del acuerdo, porque si el acuerdo es nulo, todos los actos derivados del acuerdo también lo son".

Pérez detalla que al sentencia dice literalmente que se anulan "los actos recurridos por no ser conformes a derecho" y que esta decisión se basa en que "es un acto adoptado prácticamente de plano y puramente discrecional del Sr. Alcalde, ya que es él, en su propuesta, quien motu proprio decide qué calles tienen encaje la ley y deben ser sustituidas. El expediente administrativo únicamente cuenta con la propuesta del Alcalde y con la aprobación de la propuesta, que conforme a lo ya declarado es competencia también del Alcalde". Al no haber sido incorporadas las actas de los grupos de trabajo ni tampoco hacer mención alguna a ellas ni en el acuerdo, ni en la propuesta de la Alcaldía por la que se inicia la sustitución de los nombres, sigue la sentencia, "es evidente que la actuación impugnada no encuentra fundamento en el informe emitido por la Comisión de Expertos, ni dicho informe forma parte del expediente administrativo, en consecuencia procede estimar el recurso y anular los actos recurridos, con todos los efectos inherentes a dicha declaración y sin necesidad de entrar a examinar el resto de motivos de impugnación planteados". Todo ello le lleva a concluir a Pérez que "no hay en la sentencia párrafo ni mención alguna a defectos de forma ni de plazos legales para subsanar éstos que permitan confeccionar el expediente y remitirlos al Juzgado para 'ajustarnos a la sentencia'". Lo único que hay, para este vecino de Oviedo, es una diligencia del Juzgado del día 22 de octubre en el que se declara firme la sentencia y se requiere al Ayuntamiento para que en el plazo legalmente establecido la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.

De momento, José María Pérez sólo ha formulado esta queja, y no ha aclarado si valora plantear un incidente de ejecución de sentencia. El abogado Miguel Teijelo, que representó en este caso al PP, otro de los demandantes, se limitó a afirmar que "lo que tiene que hacer el Ayuntamiento, en este caso y, obviamente, en cualquier situación, es cumplir la ley. No puedo decir otra cosa".