La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) acogerá el próximo día 27 de noviembre, a partir de las diez y media de la mañana, la vista de apelación de la sentencia contra el marroquí Abdelwahid Aghbalou, el hombre que acabó con la vida de la joven Karla Pérez en una playa de Melilla durante la madrugada del 10 de julio de 2016. El tribunal de jurado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial condenó en junio al acusado a 26 años de prisión por asesinato con las agravantes de parentesco, discriminación por razón de género y aprovechamiento de unas circunstancias que debilitaron la posible defensa de la fallecida, que era de origen ecuatoriano pero llevaba viviendo en Oviedo desde los cinco años.

La condena máxima por asesinato es de 25 años, pero el juez que llevó el caso en Audiencia Provincial también le impuso a Abdelwahid Aghbalou otro año de cárcel por haber quebrantado la condena que le impedía entrar en España, una sentencia que le impuso el Juzgado de Violencia de Género de Oviedo por maltratar y amenazar a la joven cuando ambos compartían piso en Ciudad Naranco. Por otro lado, Abdelwahid Aghbalou también se llevó el teléfono móvil de la fallecida para venderlo después de haberla dejado tirada junto a una jardinera y apoyada en la maleta con la que había viajado a Melilla, por lo que al montante total de la condena se le suman otros tres meses de prisión. El marroquí tendrá que indemnizar además al hijo de ambos con 200.000 euros por haberle arrebatado a su madre, a los padres de Karla con 120.000 euros y a su hermano con 26.000.

Karla Belén Pérez tenía 22 años y un hijo de apenas diez meses cuando perdió la vida a manos de su expareja. Fue la madrugada del 10 de julio del año 2016. Esa noche Abdelwahid Aghbalou la llevó hasta una zona despoblada del Paseo Marítimo de Melilla --en concreto al entorno de las casetas para uso de militares situadas en la zona de la playa de La Hípica-- y allí la estranguló hasta matarla. El juez Domínguez Begega consideró probado en la Audiencia que el condenado "ejercía un dominio absoluto" sobre la joven a pesar de que ya había sido condenado por agredirla. La acosaba por teléfono y a través de las redes sociales y la convenció para que acudiese a Melilla con el pretexto "de que viajarían juntos a Tánger para que el menor conociese a la familia de Abdelwahid antes de que ella se fuese a Ecuador".

El juez, a raíz del proceso, sostuvo en la sentencia que el día de los hechos el marroquí y Karla mantuvieron una fuerte discusión y que el condenado "con evidente intención de acabar con la vida" de la joven "y aprovechando que la misma se había girado y le estaba dando la espalda de forma que no podía prever el ataque la agarró por el cuello fuertemente hasta que se aseguró que ya no respiraba". Domínguez Begega consideró además que lo hizo "por el hecho de ser mujer y culminando un acto de dominio y superioridad", que Abdelwahid Aghbalou "despreció las obligaciones más elementales del vínculo de afectividad que había nacido de su relación de pareja" y que "se favoreció de que era de noche y de que en la zona adonde eligió ir con ella y su hijo menor había escasa iluminación y ausencia de personas".