La Policía Local pondrá en marcha una campaña informativa sobre la nueva normativa que regula los vehículos de movilidad personal (VMP), del 23 al 30 de diciembre. A partir de entonces, en enero, comenzarán las sanciones a los conductores de patinetes eléctricos.

Según ha explicado esta mañana el concejal de Seguridad Ciudadana, José Ramón Prado, con esta campaña se pretende concienciar y advertir de prácticas sancionables al mostrar a los conductores comportamientos indebidos. El Ayuntamiento, en un plazo máximo de dos meses, tendrá listas las tres ordenanzas relativas a este asunto. Se trata de la ordenanza municipal de tráfico, la de parques y jardines y el Plan Oviedo 30. Por ejemplo, podrá ser objeto de denuncia el uso del patinete eléctrico por zonas peatonales con 200 euros. En este sentido, el Ayuntamiento aún está consensuado cuáles serán esas vías peatonales en las que su uso estará prohibido. También será una decisión municipal determinar la obligatoriedad del uso del casco. Si la Ordenanza Municipal así lo establece y el conductor prescinde de él, tendrá que hacer frente a una sanción de 200 euros.

La Dirección General de Tráfico fija una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, de superarse esta velocidad dejan de ser considerados VMP y supondrá una sanción para sus conductores de 500 euros. En cuanto al consumo de alcohol, las sanciones oscilarán entre los 500 y 1.000 euros; también serán 1.000 euros para el conductor que de positivo en el control de drogas.

Igualmente está prohibido el uso del teléfono móvil y auriculares, y la multa por este comportamiento será de 200 euros. Los patinetes están diseñados para transportar únicamente a una persona por lo que el transporte de dos o más individuos será sancionado con 100 euros. Por último, la circulación nocturna sin ningún tipo de alumbrado o elemento reflectante será una actitud sancionada con 200 euros de multa.

La DGT define el VMP como aquel vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. A los VMP no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio, por lo que no se detraerán puntos del carnet al conductor en caso de infracción.

Las instrucciones de la DGT son el marco legal y la referencia de la que disponen los ayuntamientos para adaptar sus ordenanzas a la nueva realidad social que constituyen los VMP.