Un juez de Oviedo ha exonerado más de medio millón de euros al socio de una empresa que ha tenido que acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad al no poder afrontar el pago de la deuda que había contraído la entidad a la que debía hacer frente en su condición como avalista.

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo dictó un auto, el pasado día 19, por el que acuerda la exoneración de más de 500.000 euros de deuda que había acumulado la sociedad a la que el concursado había avalado personalmente.

El magistrado-juez sostiene en el auto, al que ha tenido acceso Efe, que los acreedores no formularon oposición alguna a la petición del concursado para "perdonarle" el pasivo pendiente, por lo que al reunir los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad podrá verse eximido de la deuda "de forma definitiva".

El abogado José Luis Orejas, que representaba al concursado, había solicitado la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad al sostener que cumplía con todos los requisitos contempladas en la legislación. El magistrado-juez admite que se dan estos requisitos al ser un deudor de buena fe, al no haber sido declarado el concurso como culpable y al carecer de sentencia firme condenatoria por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los diez años anteriores a la declaración del concurso.