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Jubilan a una ovetense por las secuelas del maltrato psicológico de su marido

La magistrada dice que los años de convivencia causaron a la víctima patologías que le impiden “desarrollar una profesión de forma rentable”

Maltrato psicológico.

Las enfermedades psíquicas derivadas de la violencia de género pueden ser motivo de jubilación. Al menos eso sostiene la magistrada María Teresa Magdalena Anda, titular del juzgado de lo social número 4 de Oviedo en un fallo pionero en el que declara la incapacidad permanente absoluta de una mujer maltratada psicológicamente durante años por su marido. La magistrada se basa en un informe médico que atribuye a la víctima varias patologías achacables a las “conductas de control y manipulación del marido” como un síndrome de estrés postraumático y un alto nivel de ansiedad que impiden a la víctima “desarrollar una profesión en condiciones de rentabilidad empresarial”.

La sentencia llega después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazara, previo informe de un equipo de valoración, la solicitud de incapacidad permanente de la mujer. El despacho de abogados de Oviedo Velázquez & Villa decidió elevar la petición a los tribunales y ahora son estos los que han decidido conceder una renta vitalicia de 14 pagas anuales de 400,35 euros a la denunciante con efectos desde el pasado 19 de diciembre.

El equipo de juristas encabezado por la directora general del despacho, María Teresa Menéndez Villa, considera un hito el fallo, ya que por primera vez se tienen en cuenta las secuelas de la violencia de género psicológica para conceder una pensión. “Tan sólo conocemos algún caso de violación en el que hubo una sentencia de este tipo”, apunta la abogada, quien califica de “arriesgado e innovador” el enfoque dado por su equipo al caso de esta ovetense.

El fallo se apoya en sendos informes médicos emitidos por personal del servicio de Salud Mental del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) el 16 de enero y el 7 de marzo de 2019 en los que se hace una valoración de la situación clínica de la paciente y una recopilación de las diferentes consultas realizadas desde el año 2015 por parte de la mujer a raíz de problemas psíquicos y su relación con los problemas de pareja y los supuestos maltratos psicológicos a los que fue sometida durante años por el hombre del que actualmente está divorciándose.

El varón fue condenado hace un año por un delito leve de injurias contra la víctima por el juzgado de violencia sobre la mujer de Oviedo y el informe enumera una serie de episodios en el que describe una conducta sumisa durante años de la mujer frente al padre de sus dos hijos. Desde 2015 la denunciante sufre varios episodios de depresión que en ocasiones le llevan al encamamiento y problemas para la crianza de sus hijos.

La abogada María Teresa Menéndez Villa. | LNE

“Anulación”

Según los informes, los comportamientos del marido provocaron la “anulación” de su esposa. “Ella tenía su trabajo y lo dejó por las presiones del varón, el cual posteriormente le recriminaba que no trajera dinero a casa”, indican fuentes del caso para hacer referencia a unos maltratos que en ningún caso fueron físicos, sino que consistieron en minar la vitalidad y funcionalidad de la mujer. “A pesar de todo, ella siempre le presentó como el hombre ideal y le protegió frente al resto de su familia”, destacan.

La conducta de la víctima hacia su supuesto agresor cambió en octubre de 2017 cuando descubrió su traición. El varón llevaba tiempo frecuentando una casa de citas y al ser consciente de su infidelidad fue cuando, siempre según los informes médicos, la mujer se dio cuenta de que estaba siendo víctima de un maltrato psicológico, según el cual su pareja trataba de mantener sobre ella un control absoluto y culparla de todos los problemas conyugales.

Los profesionales llegan a la conclusión de que los malos tratos recibidos durante años provocaron una afectación en el estado de ánimo de la víctima la cual presenta “llanto continuado, incapacidad para la toma de decisiones, minusvaloración y sentimientos de incapacidad”. En resumen, le diagnostican un “síndrome de maltrato y trastorno de ansiedad generalizada”, según el cual no la ven en condiciones de poder retomar su vida profesional.

Depresión y ansiedad

La afectada trabajó durante años en una floristería, pero dejó el trabajo tras recibir presiones de su pareja, la cual tiene un trabajo de alta cualificación y solía echárselo en cara para defender que dejara un desempeño profesional por el cual “no ganaba dinero suficiente”. El control del varón sobre la vida de la mujer no cesó en ese momento, sino que, según los profesionales que trataron a la mujer, continuaron los reproches sobre el déficit de atención a los hijos en común, derivado de los episodios de depresión y ansiedad.

Todos estos aspectos fueron tenidos en cuenta por la magistrada para considerar indispensable la declaración de incapacidad permanente de la mujer. Los frecuentes episodios de ansiedad y depresión impiden que esta pueda hacer frente a un desempeño laboral de varias horas que resulte de interés para ningún empresario. Por ello, la jueza defiende la declaración de la incapacidad y la concesión de una pensión vitalicia calculada en base a los años cotizados por la afectada. Si bien la cantidad estipulada es de 400 euros mensuales, los letrados calculan en 485 euros aproximadamente la remuneración líquida para su cliente, una vez aplicadas las normas de retribuciones mínimas de la Seguridad Social.

El fallo, con fecha de 10 de noviembre todavía puede ser recurrido por parte de los letrados tanto del Instituto Nacional de la Seguridad Social como de la Tesorería de la Seguridad Social, las dos partes demandadas por parte de la mujer para reclamar su incapacidad permanente absoluta para desempeñar un puesto de trabajo. Concretamente, el fallo da cinco días desde la notificación del mismo para poder presentar recurso al Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA)

Paralelamente, la mujer está inmersa en el procedimiento para divorciarse de su marido, cuya tramitación inició después de descubrir sus frecuentes visitas a locales de alterne, las cuales provocaron diferencias irreconciliables de la pareja, quien llegó a reconocer ante los profesionales sanitarios que se habían perdido “el respeto mutuo” tras muchos años de matrimonio y noviazgo.

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