Un procesado por golpear a un hombre con un vaso de sidra en el cuello, sin que hubiera ninguna discusión previa o problema entre ellos, reconoció hoy los hechos y aceptó una condena de 3 años y medio de prisión y prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante 8 años. El procesado tenía sus facultades psicofísicas altamente disminuidas por la ingesta de alcohol. La vista oral estaba señalada esta mañana en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, aunque el reconocimiento por parte del procesado de los hechos que le atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular evitó su desarrollo.

Sobre las 8 de la mañana del día 25 de diciembre de 2016, el procesado se encontraba a la puerta de un bar de Tudela Veguín fumando un cigarrillo. Sin que hubiera mediado discusión ni problema alguno entre ellos, el procesado, que tenía sus facultades psicofísicas altamente disminuidas por la previa ingesta de alcohol, se acercó a otro cliente y le dijo: “hijo de puta”. Inmediatamente le golpeó con un vaso de sidra en la parte izquierda del cuello.

Como consecuencia de ello, la víctima (1982) sufrió herida irregular inciso-contusa de unos 8x3 cm en región latero-cervical izquierda, que le afectó a la musculatura del cuello. Tardó en curar 733 días, de los cuales 10 estuvo hospitalizado. Le quedaron varias secuelas, entre ellas, plejia de grado medio en miembro superior izquierdo, cuadro ansioso depresivo (que supuso una agravación o desestabilización moderada de un trastorno mental previo) y varias cicatrices.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de lesiones del artículo 149 del Código Penal. Concurre la eximente incompleta de embriaguez.

Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó una condena de 3 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición de aproximación y de comunicación por cualquier medio con el agredido durante 8 años. La prohibición de aproximación impedirá al procesado acercarse a menos de 500 metros del afectido, su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro que sea frecuentado por él.

Pago de las costas

En concepto de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar al herido con 38.596 euros por las lesiones sufridas y con 170.000 euros por las secuelas, y al SESPA con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los gastos de asistencia sanitaria. Todo ello, más los intereses legales correspondientes.