Desestimada la demanda contra las elecciones del Centro Asturiano

La jueza considera que la institución cumplió los estatutos al anular la candidatura de Lisardo Hernández por la falta de la firma de un vocal

Fachada del edificio principal del Centro Asturiano de Oviedo.

Fachada del edificio principal del Centro Asturiano de Oviedo.

Oviedo

La anulación de la candidatura de Lisardo Hernández a presidir el Centro Asturiano de Oviedo cumplió con los estatutos. Es la conclusión que se desprende de la sentencia firmada por la jueza del juzgado de primera instancia número 1 de Oviedo, según la cual se desestima la demanda presentada por el aspirante descabalgado de la carrera por una presidencia a la que finalmente accedería en enero de 2024 el actual dirigente del club, Gerardo Martínez Quesada, al ser su candidatura la única que cumplió "con todos" los requisitos.

La vista celebrada el pasado noviembre giró en torno a la acepción de firma o rúbrica a la hora de rellenar el documento, ya que en el espacio que quedó en blanco figuraba el término "firma". Hernández se representó a sí mismo al ser abogado y defendió que el término en su primera acepción de la RAE se refiere a nombre, apellidos y DNI. El demandante recalcó que ofreció evitar el juicio con un servicio de mediación, cosa que, dijo, el club rechazó.

El abogado del Centro Asturiano se acogió a que el artículo 16 de sus estatutos dice que los cuatro datos que se debían rellenar en el impreso de candidaturas –nombre y apellidos, números de documento nacional de identidad y de socio y el garabato en un recuadro ad hoc– tenían que figurar "todos".

Ahora la jueza ha dado la razón al club privado, aunque las partes disponen de 20 días para formular recurso de apelación frente a la Audiencia Provincial.

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