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La condena a un ganadero de Las Regueras por provocar un incendio que quemó un superficie equivalente a ocho campos de fútbol

La sentencia asume la petición de pena que planteó la Fiscalía para un fuego cuyo fin era limpiar un sendero para el paso de ganado, pero quemó árboles protegidos y alcanzó varias fincas de particulares y del ayuntamiento

Imagen de archivo de un incendio en el concejo de Las Regueras

Imagen de archivo de un incendio en el concejo de Las Regueras / LUIS VEGA

Oviedo

Un ganadero acaba de ser condenado a un año y medio de prisión y al pago de una multa de 9.000 euros, más las indemnizaciones a los perjudicados, por provocar un incendio forestal en el concejo de Las Regueras de una extensión equivalente a la de ocho campos de fútbo, en septiembre de 2021. La sentencia, del Juzgado de lo Penal nº 3 de Oviedo, recoge íntegramente la tesis y la petición de condena de la Fiscalía del Principado de Asturias.

La sentencia, tal y como sostenía el Ministerio Público, consideró probado que el acusado, prendió fuego, con la finalidad de limpiar el sendero por donde transitaba su ganado, una zona de monte con una pendiente media aproximada del 50%, causando un incendio que fue detectado a las 22:10 horas del 6 de septiembre de 2021. Las llamas afectaron a una superficie de 8,03 hectáreas, con arbolado disperso de encina, roble, castaño, fresno, espinera y avellano, matorral de tojo, aulaga, helecho, zarzaparrilla, zarza y herbáceas. El fuego fue extinguido, con intervención de Bomberos de Asturias con base en Grado y La Morgal, a las 12:26 horas del día 7. Los costes de extinción ascendieron a 5.948,26 euros. El fuego alcanzó varias encinas, una especie protegida incluida en el Catálogo Regional de Flora Protegida, en la categoría de Interés Especial. Los perjuicios medioambientales causados fueron valorados en 3.035,41 euros. Las llamas afectaron a numerosas parcelas de particulares y el Ayuntamiento de Las Regueras.

El riesgo de incendio forestal para el municipio de Las Regueras era ese día 4 (muy alto) y el riesgo local de incendio era de alerta (peligro bajo o moderado). Por otro lado, las condiciones ambientales eran favorables para la propagación del fuego, por una humedad relativa baja y una temperatura relativamente alta.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de incendio forestal por imprudencia grave del artículo 352 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal del Principado de Asturias, tal y como sostuvo la Fiscalía en la vista oral. Según la sentencia, "los delitos de incendio son ataques especialmente graves contra la seguridad colectiva realizados por medio del fuego, ya sea de manera intencionada o por omisión de las normas de cuidado ambientales. Estas actuaciones ponen en riesgo la vida y la integridad de las personas, así como el medio ecológico, incluso aunque el riesgo no llegue a concretarse”.

La sentencia recoge la tesis sostenida por la Fiscalía e impone al acusado una condena de 1 año y 6 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como una multa de 15 meses con una cuota diaria de 20 euros (9.000 euros), responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y el abono de las costas procesales.

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