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Logra desahuciar a su hijo de la casa familiar en Oviedo: victoria en el Supremo de un nonagenario al que habían expulsado de su hogar con denuncias falsas

El Alto Tribunal ordena el desalojo del descendiente del matrimonio, que se mudó a Asturias en 2018 y llegó a acusar al progenitor de agredir sexualmente a su madre enferma

Una casa familiar rota

Una casa familiar rota / LNE

Mónica G. Salas

Mónica G. Salas

El Tribunal Supremo ha dado la razón a un nonagenario asturiano para desalojar a su propio hijo de su vivienda en Oviedo, tras años de conflicto familiar. El hombre, de 93 años, había sido expulsado del domicilio en el que convivía con su esposa, tras presentar su hijo una denuncia falsa de agresión. El clima de convivencia, según describe el denunciante, era insostenible.

La sentencia, dictada por la Sala de lo Civil el día 13 de este mismo mes y con ponencia de la magistrada María Ángeles Parra Lucán, revoca el fallo de la Audiencia Provincial de Oviedo, que había negado al nonagenario interponer la demanda en solitario, por considerar que debía contar con el consentimiento de la entidad curadora que representa a su esposa (copropietaria del inmueble), afectada por un severo deterioro cognitivo y bajo curatela representativa del Principado de Asturias.

El hijo se mudó en 2018

El conflicto arranca en 2018, cuando el hijo del matrimonio regresó a vivir con sus padres desde el sur de España, donde residía en un apartamento cuya renta no pudo pagar al carecer de ingresos. Según recoge la denuncia del demandante, los padres le ayudaron económicamente durante años a través de sus pensiones de jubilación hasta que no pudieron más.

Acusación de agresión sexual

Al poco tiempo de regresar a Asturias, la convivencia en la casa familiar se tornó insostenible, con continuos enfrentamientos, denuncias falsas e incluso una acusación de agresión sexual a la mujer enferma que fue archivada. Según el relato del padre, el hijo le hizo "la vida imposible", obstaculizando la relación de los progenitores con tres de sus cinco hijos.

A consecuencia de todo ello, el patriarca se vio obligado a abandonar el hogar y a refugiarse en casa de una hija. Años después, intentó regresar, pero el hijo se negó a abandonar la vivienda, en la que seguía residiendo junto a la madre, de la que se aprovechaba económicamente, según el denunciante.

La versión del hijo

La versión del hijo fue diferente. Regresó a Oviedo tras haber finalizado una etapa laboral y acordar con toda la familia su vuelta, dada la avanzada edad de sus progenitores y su estado de salud. Y señaló que había adoptado una medida judicial de apoyo a su madre consistente en la curatela representativa de la Administración del Principado de Asturias, dada su grave enfermedad.

Inicio de la batalla judicial

La batalla en los tribunales comenzó en 2023. El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Oviedo dio la razón al padre y estimó la demanda de desahucio por precario. Sin embargo, la Audiencia revocó la decisión en apelación, cuestionando su legitimación para actuar sin la Administración, que actúa como curadora de su esposa. El Supremo ahora corrige esa interpretación, señalando que "el artículo 1385.II del Código Civil permite a cualquiera de los cónyuges ejercer la defensa de los bienes comunes por vía de acción, sin necesidad de que la curatela intervenga si no hay oposición expresa, como era el caso".

El fallo del Supremo

El tribunal concluye que "el hijo carece de título legítimo para ocupar la vivienda, y que su presencia se tornó precaria al cesar la voluntad de los padres de permitir su estancia". Además, subraya que el propósito del padre al interponer la demanda no era otro que "volver a convivir con su esposa en el domicilio común, en ejercicio de su derecho y deber conyugal reconocido en el artículo 68 del Código Civil".

En su fallo, el Supremo ordena el desalojo del hijo, impone a este las costas de las instancias anteriores y le exime de pagar las del recurso, dando por buena la legitimación del padre y restableciendo la sentencia del juzgado de primera instancia que había estimado su demanda.

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