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Piden diez años de cárcel a un acusado de agredir sexualmente a su pareja de 19 años en Oviedo

El ministerio público sostiene que el delito se produjo después de una discusión originada porque la chica descubrió que el varón mantenía conversaciones con otra mujer

El Palacio de Justicia de Llamaquique.  | MIKI LÓPEZ

El Palacio de Justicia de Llamaquique. | MIKI LÓPEZ

Lucas Blanco

Lucas Blanco

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una pena de 10 años de prisión para un acusado por un presunto delito de agresión sexual cometido contra su pareja, una joven de 19 años, en la ciudad de Oviedo. La vista oral, celebrada este martes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias, quedó vista para sentencia.

Según el escrito de acusación, el procesado, nacido en 1991, mantenía una relación sentimental sin convivencia con la denunciante, quien ocultaba dicha relación a su familia por temor a su reacción. La Fiscalía describe el vínculo como marcado por la conflictividad y una clara asimetría de poder, derivada de la diferencia de edad y de los roles asumidos dentro de la pareja. En ese contexto, el acusado habría generado progresivamente un clima de control y miedo sobre la joven.

Los hechos ocurrieron alrededor de las dos de la madrugada del 18 de septiembre de 2021, cuando la denunciante acudió al domicilio del acusado, en Oviedo. Aprovechando que él se encontraba dormido, la joven revisó su teléfono móvil y comprobó que mantenía conversaciones con otra mujer. Tras despertarlo para pedir explicaciones, se produjo una fuerte discusión. Cuando la joven intentaba abandonar la vivienda, el acusado la habría agarrado violentamente y la habría agredido sexualmente, según sostiene el Ministerio Fiscal.

La Fiscalía califica los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual, tipificado en el artículo 179.1 del Código Penal, concurriendo además la circunstancia agravante de razón de género.

Además de la pena de prisión, el Ministerio Fiscal solicita la inhabilitación absoluta para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; una orden de alejamiento de la víctima a menos de 500 metros de su persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar en el que se encuentre, así como la prohibición de comunicación por cualquier medio, todo ello durante 15 años. Asimismo, interesa la inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión u oficio que implique contacto habitual y directo con menores de edad, por un período superior en cinco años al de la pena privativa de libertad que se imponga, así como cinco años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena.

En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía solicita que el acusado indemnice a la denunciante con 10.000 euros por daños morales, además del abono de las costas procesales y los intereses legales correspondientes.

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