Mayores de 16 años, con casco y elementos reflectantes, y nunca circulando por aceras: Oviedo regula el uso de los patinetes eléctricos
"Nuestra prioridad absoluta es garantizar una convivencia armoniosa y segura en el espacio público, protegiendo especialmente al peatón. Con esta actualización normativa, estos vehículos dejan de ser un elemento de incertidumbre", señala José Ramón Prado

La presentación de las bicicletas y patinetes eléctricos de alquiler el pasado junio en la plaza de la Catedral. / Jer Ospina
El Ayuntamiento de Oviedo aprobó este miércoles una actualización de la Ordenanza de Movilidad con el objetivo de adaptarla a las nuevas formas de desplazamiento urbano y reforzar la seguridad vial. La nueva normativa sustituye a la ordenanza vigente desde 2007 e incorpora la regulación específica del uso de patinetes eléctricos. Entre las principales novedades, la ordenanza establece la obligatoriedad del uso de casco y de elementos reflectantes para los usuarios que utilicen este vehículo, al tiempo que reitera la prohibición de circular por aceras que no sean de uso compartido.
La nueva Ordenanza de Movilidad sitúa la protección del peatón y de las personas con movilidad reducida como eje principal de la regulación, con el objetivo de garantizar una convivencia segura en el espacio urbano. Define los vehículos de movilidad personal (VMP) como vehículos de una sola plaza, con una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora, y fija en 16 años la edad mínima para su conducción.
"Nuestra prioridad absoluta es garantizar una convivencia armoniosa y segura en el espacio público, protegiendo especialmente al peatón. Con esta actualización normativa, los patinetes eléctricos dejan de ser un elemento de incertidumbre para convertirse en un aliado ordenado de la sostenibilidad urbana, apoyado por una infraestructura robusta y segura", señaló José Ramón Prado, concejal de Seguridad Ciudadana.
La ordenanza prohíbe expresamente la circulación de patinetes por aceras, zonas exclusivamente peatonales, carriles bus, túneles urbanos y travesías, y establece que estos vehículos deberán circular preferentemente por carriles bici o ciclocarriles señalizados en vías limitadas a 30 km/h. En calles peatonales de uso compartido y en zonas de coexistencia, la ordenanza permite la circulación de patinetes bajo señalización específica y siempre con prioridad absoluta para el peatón, limitando la velocidad a 10 km/h y exigiendo una distancia mínima de seguridad de 1,5 metros en los adelantamientos.
Asimismo, el texto municipal ya contempla la futura obligación de contar con un seguro para estos vehículos, una medida pendiente de regulación por la Dirección General de Tráfico y que alineará la normativa local con la legislación estatal prevista.
Requisitos técnicos y regulación del estacionamiento
Los vehículos de movilidad personal que circulen por Oviedo deberán contar con un Certificado de Circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos: será obligatorio para los patinetes comercializados a partir del 22 de enero de 2024 y, en el caso de los adquiridos con anterioridad, se fija un plazo de adaptación hasta el 22 de enero de 2027. Además, se prohíbe la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, con una tasa de alcohol de 0,0 mg/l para los menores de edad, que pueden utilizar bicicletas y VMP, pero no vehículos a motor.
También regula el estacionamiento de los vehículos de movilidad personal, prohibiendo dejarlos en lugares que dificulten el paso de peatones, el acceso a edificios, las fachadas o su anclaje al mobiliario urbano, y contempla la retirada al depósito municipal de aquellos que incumplan estas normas. De forma complementaria, el Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) prevé una mejora significativa de la infraestructura, con la instalación de 293 nuevos puntos de anclaje para bicicletas y VMP, la creación de aparcamientos seguros en espacios estratégicos como estaciones, el HUCA o los campus universitarios.
Negocios vinculados a esta actividad
Las empresas que empleen vehículos de movilidad personal para actividades económicas deberán disponer de autorización municipal previa, contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio y garantizar que sus conductores utilicen equipamiento reflectante homologado. Además, el control y la supervisión del uso de estos vehículos se integrarán en el Centro Inteligente de la Movilidad (CIM), lo que permitirá una gestión más eficiente y basada en datos en tiempo real.
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