Un juez pone freno a una práctica habitual en la capital asturiana a la hora de multar: adiós a una sanción de 200 euros impuesta por la DGT
"Es ilegal multar por algo que no es sancionable y no tiene más sentido"

A ITV DE GRANDA. / MARCOS LEON / LNE
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Oviedo ha puesto freno a una práctica habitual en la capital asturiana: multar vehículos estacionados con la ITV caducada. En una sentencia de 15 de septiembre de 2025, el magistrado declara ilegal una sanción de 200 euros impuesta por la DGT a raíz de una denuncia de la Policía Local, al considerar que solo se puede sancionar la circulación sin inspección técnica en vigor, no el mero hecho de estar aparcado.
El fallo estima el recurso presentado por Fran Suárez, miembro del Colectivo 1M, y subraya que sancionar un vehículo inmóvil “carece de cobertura legal” y vulnera el principio de tipicidad recogido en el artículo 25.1 de la Constitución Española. En otras palabras, no puede castigarse una conducta que no esté expresamente tipificada como infracción.
La resolución marca un cambio relevante de criterio en Oviedo, donde hasta ahora la Policía Local mantenía la interpretación de que la simple caducidad de la ITV era motivo suficiente para multar, incluso si el vehículo no estaba circulando.
“Este fallo desautoriza un criterio municipal que derivaba en sanciones sin base legal a coches que no estaban en movimiento. Es ilegal multar por algo que no es sancionable y no tiene más sentido que la mera recaudación”, señaló el recurrente tras conocer la decisión judicial.
El propio Suárez agradeció especialmente la labor de la abogada Nieves Cigales, quien le representó en el procedimiento y cuya implicación calificó de “decisiva desde el primer día”.
Tras conocerse la sentencia, el miembro del Colectivo 1M hizo un llamamiento al Ayuntamiento de Oviedo y a la Policía Local para que cesen “el uso indiscriminado y arbitrario de las sanciones de tráfico como método de recaudación”. “Una recaudación municipal efectiva debe basarse en impuestos progresivos, equitativos y justos. Las sanciones deben reservarse para situaciones excepcionales, cuando se hayan agotado otras vías menos punitivas”, defendió Suárez.
El recurrente, que asegura haber tenido que renovar la ITV cada seis meses para una furgoneta estacionada en su barrio, explica que decidió llevar el asunto hasta el final “porque era algo absolutamente injusto y desproporcionado”. Añade que la sentencia “reconoce algo que estaba siendo profundamente injusto para los ciudadanos de Oviedo, uno de los pocos lugares donde aún se seguía multando por tener la ITV caducada sin circular”. “No tenía sentido que se multara de esa manera y se dejara en una posición tan desprotegida a personas que no podían arreglar su vehículo de inmediato”, concluye.
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