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Un colombiano acepta cinco años de cárcel tras reconocer que agredió sexualmente a una mujer en el Parque de Invierno de Oviedo

La víctima logró escapar tras golpear al hombre con una silla y refugiarse en una zona de arbustos en la que pernoctan personas sin recursos

La Fiscalía solicita que la pena de prisión sea sustituída por la expulsión del procesado del territorio nacional y la prohibición de entrar en España durante seis años

El edificio de los Juzgados de Oviedo.

El edificio de los Juzgados de Oviedo. / MIKI LOPEZ / LNE

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Félix Vallina

Félix Vallina

Un hombre de nacionalidad colombiana, de 28 años y en situación irregular en España, ha aceptado una condena de cinco años de prisión por agredir sexualmente a una mujer en el Parque de Invierno de Oviedo durante la madrugada del 10 de julio de 2025. La vista oral se celebró en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Oviedo, y quedó vista para sentencia.

Según sostuvo el Ministerio Fiscal, el procesado se encontraba aquella madrugada en el Parque de Invierno, en una zona en la que pernoctan personas sin recursos, acompañado de más gente. En un momento dado, aprovechando que se quedó a solas con la víctima, se acercó a ella y la agredió sexualmente. La mujer consiguió zafarse del acusado instantes después, tras golpearlo con una silla, y logró escapar del lugar para refugiarse en una zona de arbustos cercana. De acuerdo con el relato de la Fiscalía, el procesado abandonó entonces la zona mientras profería expresiones vejatorias contra la víctima.

Las personas que se encontraban con ambos se percataron de la situación en la que se encontraba la mujer, avisaron a la Policía y retuvieron al acusado hasta la llegada de los agentes. La Fiscalía consideró los hechos constitutivos de un delito de agresión sexual y de un delito leve de lesiones. Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó las penas interesadas por el Ministerio Público.

Los cargos

Por el delito de agresión sexual, el acusado aceptó cinco años de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, se le impone la inhabilitación especial durante seis años para desempeñar cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular o directo con menores de edad.

También deberá cumplir una prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio y a su lugar de trabajo a menos de 500 metros, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, directamente o a través de terceras personas, durante seis años. A ello se suma una medida de libertad vigilada durante cinco años. El Ministerio Fiscal interesa, conforme al artículo 89 del Código Penal, que la pena de prisión sea sustituida por la expulsión del procesado del territorio nacional, con prohibición de entrada en España durante seis años, una vez haya cumplido en el país la mitad de la condena.

Por el delito leve de lesiones, el hombre aceptó una multa de tres meses, con una cuota diaria de 12 euros, así como la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Además, se le impone la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante seis meses.

En concepto de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar a la víctima con 280 euros por las lesiones sufridas y con 3.000 euros por daños morales. También deberá abonar al Sespa la cantidad que se acredite por los gastos médicos derivados de la asistencia sanitaria, todo ello más los intereses legales correspondientes. Asimismo, deberá hacerse cargo de las costas procesales.

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