La Audiencia Provincial declara nulo el juicio que condenó por acoso laboral al jefe accidental de la Policía Local en Siero y ordena repetirlo

El subinspector Fidel Fernández había sido condenado, en abril del año pasado, por insultos, vejaciones y humillaciones a un subordinado, fallo que ahora queda anulado

Exterior de la comisaría de Policía Local de Siero.

Exterior de la comisaría de Policía Local de Siero. / S. A.

Lucía Rodríguez

Pola de Siero

La Audiencia Provincial de Asturias acaba de declarar nulo el juicio en el que se condenaba por acoso laboral al jefe accidental de la Policía Local en Siero, Fidel Fernández. La sentencia responde al recurso de apelación del abogado LuisTuero, en representación del subinspector y ordena repetirlo en su integridad.

Los hechos se remontan al año 2018, cuando el subinspector Fidel Fernández ejerció como jefe accidental de la Policía Local de Siero en los períodos de ausencia del comisario, cargo que ejerció hasta 2022. En el desempeño de esta sustitución, uno de los agentes le denunció por acoso laboral, alegando haber sido víctima de insultos, vejaciones, humillaciones y hasta de que le retiraran el arma reglamentaria.

El juicio tuvo lugar en el mes de abril del pasado año, donde el juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo le condenó a una pena de un año y seis meses de prisión, a la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en un delito contra la integridad moral y al pago de una indemnización de 9.000 euros al demandante.

CSIF lamenta el "daño irreparable"

Sergio Peña, presidente de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), indica que "ahora, con la repetición del juicio, sí podrán aportarse pruebas que no se permitieron en el primer juicio, tanto de testigos como periciales". Y es que en el recurso de apelación se solicitaba la absolución del delito, entre otras cosas, por denegación de prueba pericial, "error en la valoración de pruebas" o "vulneración del derecho a la presunción de inocencia". Razones de carácter procesal por las cuales la Audiencia Provincial decidió declarar "la nulidad de la sentencia dictada por falta de competencia del Juzgado de lo Penal para el enjuiciamiento y fallo".

El denunciante "estuvo de baja 18 meses seguidos, se incorpora a pedir vacaciones del año anterior más el año en curso, coge los moscosos y vuelve a pedir una baja para hacer otra vez lo mismo", dice el responsable de CSIF. "Difícilmente alguien que no acude a trabajar pueda ser acosado", añadió, además de asegurar que "en sus periodos de baja, se alzaba con premios en triatlón a nivel autonómico".

Desde el sindicato lamentan que "mientras un subordinado decía sentirse acosado, la mujer de Fidel Fernández sufrió un infarto, consecuencia, probablemente, de lo vivido". Además, "el propio subinspector padeció una depresión por una acusación y una condena injusta". "El daño y famosa 'pena de telediario', al ya no condenado Fidel, es irreparable", concluye Sergio Peña.

EL SIPLA

Ayer también se pronunció el sindicato Sipla. "Tal parece que el agente que denunció a Fidel Fernández sea ahora el culpable en lugar de la víctima. El juicio se anuló porque no le compete al Juzgado de lo penal, sino que al tratarse de un delito doloso, es competencia de la Audiencia Provincial. Aunque, al anular el juicio, para su repetición en la audiencia, Fernández sí que es cierto que no está condenado, pero sí continúa imputado y encausado", señalaron sus responsables.

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